Fecha de Publicación: 20/01/1998
Página: 605-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe favorable del
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las acciones
concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva
implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el
Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.
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