Fecha de Publicación: 13/06/1996
Página: 456-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   Se considerará que tiene causal de disponibilidad por reestructura
aquel funcionario cuyo cargo o función contratada haya sido incorporado
como sujeto a excedencia en el proyecto de reformulación de estructuras
organizativas formulado por el jerarca del Inciso respectivo, o bien haya
sido declarado excedente en el marco de lo establecido en la Ley Nº
16.736 de 5 de enero de 1996.
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