Autorizase a transformar las vacantes de cargos existentes y las que se
generen hasta el 28 de febrero de 2015 según los siguientes criterios: a)
para cada vacante que se transforme se generará un cargo de ingreso en el
mismo Escalafón y Serie, salvo para las que se produzcan a consecuencia de
los ascensos, b) la diferencia de créditos resultante entre la vacante y
el cargo de ingreso, se acreditará en el Objeto 099.001 - Partidas
Proyectadas - de la Unidad Ejecutora 001 del Inciso 05, para financiar la
diferencia del valor de tabla generada por los ascensos de las listas de
prelación resultantes de los concursos de ascenso de la Dirección General
Impositiva.