Fecha de Publicación: 15/07/2011
Página: 121-A
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 7

 compete al presidente del Consejo Asesor Honorario Departamental:
a) Presidir sus sesiones ordinarias y extraordinarias.
b) Representar al Consejo y firmar los documentos que apruebe el mismo.
c) Ejecutar las resoluciones del Consejo.
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