Fecha de Publicación: 19/02/2014
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 8

 La agenda a tratar en cualquiera de los mecanismos descritos y su
funcionamiento deberá ser en acuerdo de partes, para lo cual deberá
intervenir el Coordinador de la Unidad Temática de Participación Social
designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Dicho Coordinador será responsable por el funcionamiento de la totalidad
del Sistema de Diálogo y Consulta (SDC) y dependerá de la Dirección
General de Secretaría del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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