La enumeración no taxativa de deberes y prohibiciones contenida en los
capítulos precedentes no afecta en lo más mínimo los derechos del médico
inherentes a su condición de persona humana, de profesional universitario
y de trabajador - tanto de carácter individual como colectivo - reconocidos, establecidos o garantizados por reglas de Derecho.
Título II
DERECHOS DEL PACIENTE