MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
La enumeración de derechos del paciente contenida en los artículos precedentes tiene carácter enunciativo y no enerva el cumplimiento por éste de todos y cada uno de los deberes que son emanación de las obligaciones constitucionales de cuidar su salud y asistirse en caso de enfermedad (art. 44, inc. 2° de la Constitución) Título III NORMAS DE APLICACIONAyuda