Fecha de Publicación: 30/08/1995
Página: 379-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 22

   Autorízase a la DGC a programar y realizar las actividades de
implementación, regulación y capacitación de sus funcionarios y becarios,
con el objeto de aplicar un nuevo sistema de contralor en las salas de
juego, basado esencialmente en herramientas tecnológicas.
   A tal efecto y con el fin de facilitar la participación de los
funcionarios, en todas las etapas del plan, facúltase a la DGC a abonar,
a sus funcionarios y becarios, a partir del 1/10/94, una partida mensual
de acuerdo a su nivel de responsabilidad, que resulta de la siguiente
escala:

Escalafones         Grados
AD                  06 a E3
ACB                 09 a 10
ACA                 11 a 12
ABC                 06 a 11
ABB                 10 a 13
ABA                 08 a 13
                    Monto: $ 125

AD                  E4
ACB                 E1 a E2
ACA                 E1 a E2
ABC                 E1 a E2
ABB                 E1 a E2
ABA                 E1 a E2
                    Monto: $ 150

ACB                 E3 a E4
ACA                 E3
ABB                 E3
ABA                 E4
AAA                 E1 a E2
                    Monto: $ 175

ACB                 E5
ABB                 E4 a E5
AAA                 A E1 a E2
                    Monto: $ 200

ABA                 E5
AAA                 E3 a E5
                    Monto: $ 225

ABA                 E6
                    Monto: $ 250

   La referida compensación tendrá vigencia para 1994 y será incluida en
una futura reestructura a estudiar por la Dirección para 1995. La misma
deberá con el visto bueno previo de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
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