La empresa extranjera que resulte adjudicataria, en caso de no contar
con sucursal en la República, dispondrá de 90 días para concluir los
trámites de constitución y afiliación a los distintos organismos conforme
a la legislación nacional.
El representante técnico de la empresa adjudicataria deberá presentar
título expedido o revalidado por la Universidad de la República.