Fecha de Publicación: 23/09/1999
Página: 609-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 15

 Toda la documentación se presentará en idioma español y en caso de estar
en otro idioma, se presentará la traducción correspondiente, la que
prevalecerá para todos los efectos.
El Registro podrá solicitar la información complementaria que considere
conveniente.
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