Fecha de Publicación: 23/09/1999
Página: 609-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

 Para obtener la calificación en el Registro referido, las empresas
interesadas deberán presentar la documentación indicada en los
instructivos, a efectos de determinar si cumple con los requisitos
mínimos establecidos en este decreto.
Dicho requisito es aplicable también a las empresas nacionales que estén
calificadas por el régimen general, las que quedan comprendidas en este
procedimiento especial para acreditar su capacidad de oferta en estas
contrataciones.
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