Fecha de Publicación: 21/10/1998
Página: 688-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

Los ingresos primarios de la Dirección General de Casinos son los
producidos por:

  2.1 La venta de fichas para participar en los juegos de azar explotados
en los Casinos y Salas de Esparcimiento bajo su dependencia.-

  2.2 La venta de entradas a los citados establecimientos.-

  2.3 El precio de las concesiones de servicios anexos al cometido
principal.-
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