Fecha de Publicación: 21/10/1998
Página: 688-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 20

Autorízase a la Dirección General de Casinos a programar y realizar
actividades de implementación, regulación y capacitación de sus
funcionarios y becarios, con el objeto de aplicar nuevos sistemas de
control en las salas de juego, basados esencialmente, en herramientas
tecnológicas.-
 A tal efecto y con el fin de facilitar la participación de los
funcionarios y becarios en todas las etapas del plan, facúltase a la
Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios y becarios, una
partida mensual, de acuerdo a su nivel de responsabilidad, que resulta de
la siguiente escala y que se ajustará semestralmente, en función del
I.P.C. correspondiente al período inmediato anterior.-

           ESCALAFONES              GRADOS
           AD                       06 a E3
           ACB                      09 a 10
           ACA                      11 a 12
           ABC                      06 a 11
           ABB                      10 a 13
           ABC                      08 a 13
           ABC                      03 a 10  MONTO: $ 234

           ESCALAFONES              GRADOS
           AD                       E3
           ACB                      E1 a E4
           ACA                      E1 a E2
           ABC                      E1 a E2
           ABB                      E1 a E2
           ABA                      E1 a E2
           ACC                      14 a E2 MONTO: $ 284

           ACB                      E3 a E4
           ACA                      E3 a E4
           ABB                      E3
           ABA                      E4 MONTO: $ 326
           AAA                      E1 a E2
           ACB                      E5
           ABB                      E4 a E5
           AAA                      E1 a E2 MONTO: $ 376
           ABA                      E5
           AAA                      E3 A E5 MONTO: $ 425
           ABA                      E6 MONTO: $ 467

La referida compensación tendrá vigencia para 1997 y será incluida en una
futura reestructura a estudiar por la Dirección, en el año 1998, la misma
deberá contar con el visto bueno previo de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.-
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