Fecha de Publicación: 13/10/2014
Página: 16
Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 4

 Una vez obtenido el Certificado de Aptitud Médico Deportiva, el
interesado deberá presentarlo en las dependencias de la Dirección Nacional
de Deporte establecida a estos fines, a los efectos de que le sea
entregado el Carné del Deportista, en el que constarán sus datos
personales, tipo y plazo de vigencia.
El modelo del certificado de aptitud médico deportivo que será aportado
por el Ministerio de Turismo y Deporte, deberá ser llenado por el Médico.
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