Fecha de Publicación: 13/10/2014
Página: 16
Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 6

 Las Instituciones del Sistema Nacional Integrado de Salud habilitadas,
remitirán la información que les sea requerida por el Ministerio Salud
Pública, a solicitud de la Dirección Nacional de Deporte, con fines
estadísticos y de control de la participación deportiva.
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