Contralor de asistencia. Los funcionarios de las oficinas de Gestión
Humana a las que incumbe el contralor de la asistencia según los
respectivos reglamentos cuidarán que las faltas al servicio queden
debidamente documentadas y comunicadas al efecto de su correspondiente
descuento o sanción. La omisión de estos deberes, por parte de los
funcionarios correspondientes, será considerada falta administrativa
grave.