Los prestadores de servicios de turismo aventura deberán cumplir con las disposiciones relativas a medidas de seguridad, habilitaciones, inclusive ambientales y seguros que emitan los distintos organismos, todo de acuerdo a la normativa vigente.
Asimismo prestarán servicios de primeros auxilios y salvataje, debiendo realizar los cursos que se requieran a tales efectos.