Fecha de Publicación: 05/05/1975
Página: 269-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 29

Las firmas empacadoras deberán presentar a la COTEPRO, con una antelación
mínima de treinta días al comienzo de los trabajos de empaque, un ejemplar
de cada uno de los rótulos a usar.
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