Queda prohibido el transporte hacia las plantas de empaque de toda partida
que presente un alto porcentaje de fruta deteriorada por mala cosecha o
por defectos de conservación o con elevado número de fruta atacada por
parásitos que afecten su calidad o conservación o con residuos de
tratamientos tóxicos recientes cuya acción sea perjudicial a la salud
humana.