Fecha de Publicación: 05/05/1975
Página: 269-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 67

La reselección y reempaque se realizará en lugar adecuado y bajo el
contralor de los agentes de la COTEPRO, quienes labrarán el acta
correspondiente a los efectos que hubiere lugar.
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