MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Simplifícase la inscripción de los importadores, exportadores y operadores en admisión temporaria, de forma que ningún organismo podrá exigir a dichos sujetos que se inscriban en registros específicos de la actividad de comercio exterior. Será suficiente que a tales efectos declaren el número del Registro Unico de Contribuyentes (RUC).Ayuda