Fecha de Publicación: 16/07/1979
Página: 138-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Fe de erratas publicada/s: 23/07/1979.

Artículo 17

            Compete a las Comisiones Técnicas Asesoras

1) Estudiar cualitativa y cuantitativamente los programas de capacitación

   de trabajadores y nivel medio del sector;
2) Formular análisis preliminares de los cuadros de formación, cursos

   necesarios, sede y duración de los mismos;
3) Formular estudios y análisis de los puestos de trabajo;
4) Estudiar los costos de los programas necesarios en el subsector de la

   Unidad Ejecutora;
5) Elevar al Director de la Unidad Ejecutora un informe con las

   conclusiones logradas.
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