Fecha de Publicación: 10/07/1978
Página: 75-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

   En cada dependencia se creará una Comisión integrada por un
representante de la Gerencia y otro del personal beneficiario que tendrá
como función verificar los días efectivamente trabajados por cada
funcionario según relación presentada por Mesa de Personal.
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