La fórmula para calcular la participación de los funcionarios en la
distribución de este beneficio, es la siguiente:
S.G. por D.E.T.
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Las abreviaturas precedentes significan: S.G.: Sueldo Generado, que
comprende: sueldo básico (seis horas) más prima por antiguedad
correspondiente a años de actividad en la Dirección General de Casinos,
excluyéndose toda otra remuneración complementaria, aparte de las
expresamente indicadas.
D.E.T.: Días Efectivamente Trabajados.