Decreto 374/004
Modifícanse los perfiles de las funciones de Alta Especialización
correspondientes a la División Sistemas, contenidas en el Anexo al
Decreto 120/000.
(2.052*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de Octubre de 2004.
VISTO: lo dipuesto por el Decreto Nº 120/000, de 3 de mayo de 2000.-
RESULTANDO: I) que la referida norma aprobó la estructura de cargos y
contratos de función pública de la Unidad Ejecutora 002 "Contaduría
General de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Econonía y Finanzas",
en el marco de la Reforma del Estado y a efectos de dar cumplimiento a lo
dispuesto por el Decreto Nº 327/997, de setiembre de 1997 y
modificativos.-
II) que, de conformidad con las disposiciones vigentes, dicho Decreto
también definió los perfiles requeridos por los puestos de trabajo
correpondientes a las Funciones de Alta Especialización y por las
direcciones de las unidades de los niveles integrantes de la estructura
organizativa aprobada por el decreto indicado en el numeral anterior.-
III) que, para las Funciones de Alta Especialización asignadas a la
División Sistemas, de acuerdo con el Decreto Nº 327/997, se definieron
perfiles específicos a los requerimientos de aquel momento y en la medida
que van quedando vacantes, resultan inadecuados a las exigencias de
nuevas herramientas y plataformas informáticas.-
IV) que, en la disciplina informática se producen avances tecnológicos
sustantivos en breves períodos, que provocan cambios exponenciales en lo
que refiere a la utilización de servidores, estructuras de
almacenamiento, bases de datos, redes de comunicación, que traen
aparejado el uso y conocimiento de herramientas de hardware y de software
de mayor complejidad requeridas por parte de usuarios finales.-
V) que ello trae como corolario, en lo que refiere a los recursos humanos
responsables de la implementación de las nuevas tecnologías, una
constante adecuación que permita acompasar los avances, manteniendo a la
organización con tecnología de punta y por tanto, una definición estática
de perfiles de los puestos de trabajos sustantivos, resulta obsoleta en
muy corto plazo.-
CONSIDERANDO: I) que el anexo al Decreto Nº 327/997, al amparo de lo
dispuesto por los artículos 709º y siguientes de la Ley Nº 16.736, de 5
de enero de 1996, prevé un proceso de adecuación de las estructuras de
puestos de trabajo a reales requerimientos organizacionales.-
II) que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado ha entendido que
las modificaciones propuestas cumplen con los objetivos de
racionalización perseguidos.-
III) que los cambios que se propician no tienen costo presupuestal.-
IV) que el artículo 7º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001
dispone el procedimiento a seguir en lo que refiere a modificaciones de
estructuras de los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional, al cual se
ha dado cumplimiento.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícanse los perfiles de las funciones de Alta Especialización
correspondientes a la División Sistemas, contenidas en el Anexo aprobado
por el Decreto Nº 120/000, de 3 de mayo de 2000 y que forma parte
integrante del mismo, como se indica:
Alta Espe- Unidad Perfil abreviado
cialización Organizativa de supervisores
10 Sistemas Analista de Sistemas, Analista o Ingeniero de
Sistemas con experiencia mínima de cuatro años
de trabajo, con conocimientos sólidos y
especialización en herramientas, plataformas
informáticas (sistemas operativos) y de
comunicaciones, en uso en la División
Sistemas, así como en sistemas informáticos
integrados de información financiera.
En las bases del concurso que se disponga para la provisión de las
Funciones de Alta Especialización que se indican en el artículo anterior,
se establecerán las exigencias específicas que se requieren en ese
momento.-