Decreto 374/004
Modifícanse los perfiles de las funciones de Alta Especialización
correspondientes a la División Sistemas, contenidas en el Anexo al
Decreto 120/000.
(2.052*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de Octubre de 2004.
VISTO: lo dipuesto por el Decreto Nº 120/000, de 3 de mayo de 2000.-
RESULTANDO: I) que la referida norma aprobó la estructura de cargos y
contratos de función pública de la Unidad Ejecutora 002 "Contaduría
General de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Econonía y Finanzas",
en el marco de la Reforma del Estado y a efectos de dar cumplimiento a lo
dispuesto por el Decreto Nº 327/997, de setiembre de 1997 y
modificativos.-
II) que, de conformidad con las disposiciones vigentes, dicho Decreto
también definió los perfiles requeridos por los puestos de trabajo
correpondientes a las Funciones de Alta Especialización y por las
direcciones de las unidades de los niveles integrantes de la estructura
organizativa aprobada por el decreto indicado en el numeral anterior.-
III) que, para las Funciones de Alta Especialización asignadas a la
División Sistemas, de acuerdo con el Decreto Nº 327/997, se definieron
perfiles específicos a los requerimientos de aquel momento y en la medida
que van quedando vacantes, resultan inadecuados a las exigencias de
nuevas herramientas y plataformas informáticas.-
IV) que, en la disciplina informática se producen avances tecnológicos
sustantivos en breves períodos, que provocan cambios exponenciales en lo
que refiere a la utilización de servidores, estructuras de
almacenamiento, bases de datos, redes de comunicación, que traen
aparejado el uso y conocimiento de herramientas de hardware y de software
de mayor complejidad requeridas por parte de usuarios finales.-
V) que ello trae como corolario, en lo que refiere a los recursos humanos
responsables de la implementación de las nuevas tecnologías, una
constante adecuación que permita acompasar los avances, manteniendo a la
organización con tecnología de punta y por tanto, una definición estática
de perfiles de los puestos de trabajos sustantivos, resulta obsoleta en
muy corto plazo.-
CONSIDERANDO: I) que el anexo al Decreto Nº 327/997, al amparo de lo
dispuesto por los artículos 709º y siguientes de la Ley Nº 16.736, de 5
de enero de 1996, prevé un proceso de adecuación de las estructuras de
puestos de trabajo a reales requerimientos organizacionales.-
II) que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado ha entendido que
las modificaciones propuestas cumplen con los objetivos de
racionalización perseguidos.-
III) que los cambios que se propician no tienen costo presupuestal.-
IV) que el artículo 7º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001
dispone el procedimiento a seguir en lo que refiere a modificaciones de
estructuras de los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional, al cual se
ha dado cumplimiento.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícanse los perfiles de las funciones de Alta Especialización
correspondientes a la División Sistemas, contenidas en el Anexo aprobado
por el Decreto Nº 120/000, de 3 de mayo de 2000 y que forma parte
integrante del mismo, como se indica:
Alta Espe- Unidad Perfil abreviado
cialización Organizativa de supervisores
10 Sistemas Analista de Sistemas, Analista o Ingeniero de
Sistemas con experiencia mínima de cuatro años
de trabajo, con conocimientos sólidos y
especialización en herramientas, plataformas
informáticas (sistemas operativos) y de
comunicaciones, en uso en la División
Sistemas, así como en sistemas informáticos
integrados de información financiera.