PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 2
Reasígnanse a la Unidad Ejecutora 006 "Dirección Nacional de Aplicaciones de la Tecnología Nuclear", los cargos que se detallan en el Anexo II pertenecientes a las Unidades Ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría", 004 "Dirección Nacional de la Propiedad Industrial", 007 "Dirección Nacional de Minería y Geología", 008 "Dirección Nacional de Energía", manteniéndose los titulares de aquellos cargos que se encuentren ocupados.