Fecha de Publicación: 19/11/1982
Página: 254-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 9

   Increméntase en un 3% (tres por ciento) la tasa de aportación de los afiliados activos a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.
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