Decreto 397/000
Introdúcense los ajustes necesarios en la Organización para el
Cumplimiento de Cometidos de la Unidad Ejecutora 007 "Archivo General de
la Nación", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura".
(44*R)
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 28 de diciembre de 2000
VISTO: lo dispuesto en los artículos 709 y siguientes de la Ley Nº 16.736
de 5 de enero de 1996;
RESULTANDO: I) que en el marco de la Reforma del Estado, ha sido aprobada
la reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 007
"Archivo General de la Nación", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y
Cultura", por Decretos del Poder Ejecutivo Nos. 89/997 de 18 de marzo de
1997 y 233/999 de 29 de julio de 1999;
II) que de conformidad con el mismo, el Poder Ejecutivo por Resolución Nº
213 de 1º de diciembre de 1999, aprobó las economías efectivas de la
Reforma de la Unidad Ejecutora consecuentes de dicha reformulación,
reconocidas hasta el 31 de diciembre de 1998 y la correspondiente
reasignación de los créditos presupuestarios;
III) que del análisis del funcionamiento de la nueva organización,
resulta la necesidad de modificar el nivel jerárquico en el cual fuera
ubicada la unidad organizativa que tiene asignados cometidos relacionados
con la gestión del factor humano y de los recursos materiales y
financieros, que sirve de soporte para el cumplimiento de los cometidos
sustantivos de la Organización;
IV) que la referida Unidad Ejecutora ha presentado el proyecto de
estructura de cargos y contratos de función pública requerida para el
cumplimiento de los cometidos organizacionales;
CONSIDERANDO: I) que corresponde introducir los ajustes necesarios en la
Organización para el Cumplimiento de Cometidos;
II) que los artículos 710 y 713 de la Ley Nº 16.736, autorizan a
modificar la estructura de cargos y contratos de función pública de las
unidades ejecutoras, a fin de adecuarla a los requerimientos de la nueva
estructura organizativa y, conjuntamente, a reasignar los créditos
presupuestarios;
III) que la aprobación del proyecto presentado está comprendida dentro
del Plan de Implantación de la estructura organizativa;
IV) que es necesario modificar la reasignación presupuestaria dispuesta
por Resolución Nº 213 de 1º de diciembre de 1999, a fin de que el costo
de las modificaciones se ajuste a lo dispuesto por el artículo 713 de la
Ley Nº 16.736;
V) que conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Ley Nº 15.809 de
8 de abril de 1986 y con la Resolución Nº 192/00 de 10 de noviembre de
2000 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, se crean las series
"Bibliognóstica", "Documentación" e "Información", en el escalafón R
"Otros", de la estructura de cargos y contratos de función pública del
Archivo General de la Nación;
VI) que es necesario autorizar el pago de haberes retroactivos
correspondientes a ejercicios anteriores;
VII) que el proyecto presentado ha sido analizado por el Comité Ejecutivo
para la Reforma del Estado (C.E.P.R.E.), el que ha entendido que cumple
con los objetivos de racionalización perseguidos;
VIII) que de acuerdo con lo informado por el referido Comité, corresponde
que el Poder Ejecutivo proceda a su aprobación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Sustitúyese la Organización para el Cumplimiento de Cometidos de la
Unidad Ejecutora 007 "Archivo General de la Nación", del Inciso 11
"Ministerio de Educación y Cultura", aprobada por Decreto del Poder
Ejecutivo Nº 89/997 de 18 de marzo de 1997, con la modificación dada por
Decreto Nº 233/999 de 29 de julio de 1999, por la que se adjunta y forma
parte de este Decreto.
Agrégase en el anexo adjunto al Decreto del Poder Ejecutivo Nº 89/997 de
18 de marzo de 1997, en el Capítulo III: "Estructura Organizativa,
numeral 2. Funciones de la Dirección y de las unidades organizativas
directamente dependientes", lo siguiente:
Administración
* Desarrollar actividades de apoyo necesarias para cumplir los cometidos
sustantivos de la Unidad Ejecutora y que refieren a la administración
de los recursos materiales y financieros, así como a la prestación de
los servicios generales mínimos requeridos.
* Regular las actividades de apoyo prestadas por terceros y controlar su
cumplimiento.
* Ejecutar las actividades relacionadas con técnicas de administración de
personal en el ámbito de su competencia y mantener información
actualizada a nivel de cada funcionario respecto a su asistencia,
situación personal, funcional y presupuestal.
* Efectuar la liquidación de haberes y actividades conexas.
* Canalizar los asuntos recibidos y/o generados en la Unidad Ejecutora,
manteniendo información actualizada de su ubicación y movimientos.
Sustitúyese en el anexo adjunto al Decreto del Poder Ejecutivo Nº 89/997
de 18 de marzo de 1997, lo siguiente:
En el Capítulo III: "Estructura Organizativa, numeral 2. Funciones de la
Dirección y de las unidades organizativas directamente dependientes":
Donde dice: "Asesoría Técnica",
Debe decir: "Asesoría Técnica-Especializada"
Donde dice: "Archivología"
Debe decir: "Documentación"
En el Capítulo IV: "Estructura de Puestos de Trabajo":
Donde dice: "División Archivología: cargo presupuestado"
Debe decir: "División Documentación: cargo presupuestado"
Donde dice: "Departamento S.N.I.: cargo presupuestado"
Debe decir: "División Sistema Nacional de Información Cultural,
Científica y Tecnológica: cargo presupuestado."
Donde dice: "Asesoría Técnica"
Debe decir: "Asesoría Técnica-Especializada"
Se agrega: "División Administración: cargo presupuestado."
Sustitúyese el numeral 1º de la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 213 de
1º de diciembre de 1999, por el siguiente:
"1º.- Apruébase como economías efectivas de la Reforma de la Unidad
Ejecutora 007 "Archivo General de la Nación", del Inciso 11 "Ministerio
de Educación y Cultura", reconocidas al 31 de diciembre de 1997 la suma
anual de $ 1.783.503.- (pesos uruguayos un millón setecientos ochenta y
tres mil quinientos tres) de la financiación 1.1. "Créditos Presupuesto -
Funcionamiento Rentas Generales".
Apruébase, asimismo, la reasignación de los créditos presupuestarios, con
vigencia al 1º de enero de 1998, hasta un monto anual de $ 960.035.-
(pesos uruguayos novecientos sesenta mil treinta y cinco), a valores del
31 de diciembre de 1997, los que se incrementarán en el porcentaje que
determine el Poder Ejecutivo para sueldos, en los destinos y montos que
se detallan a continuación:
Concepto Renglón $
derivado
1 - Premios por desempeño 067.306 96.257
2 - Equiparación salarial 069.306 646.572
3 - Sueldo anual complementario 009.301 53.881
4 - Cargas legales sobre servicios personales
- Aporte patronal al sistema de seguridad social 111.000 155.358
- Aporte patronal al fondo nacional de vivienda 123.000 7.967
Total 960.035
Los créditos correspondientes al renglón 069.306 "Equiparación salarial",
se asignarán a los funcionarios que ocupen cargos o funciones contratadas
y desempeñen tareas prioritarias para el cumplimiento de los cometidos
sustantivos o de apoyo a éstos en la unidad organizativa respectiva."
Apruébase la estructura de cargos y contratos de función pública de la
Unidad Ejecutora 007 "Archivo General de la Nación", del Inciso 11
"Ministerio de Educación y Cultura", que consta de 2 (dos) fojas, que
figuran en anexo adjunto y forman parte integrante de este decreto.
La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el
artículo precedente y la correspondiente regularización, tendrán vigencia
a partir del 1º de enero de 1998.
La implantación de esta estructura, no podrá aparejar devolución de las
remuneraciones percibidas por los funcionarios de la citada Unidad
Ejecutora, ni otros aumentos o retroactividades que los previstos en
ella.
La planilla de cargos y contratos de función pública que forma parte de
este Decreto, será ajustada de acuerdo con las modificaciones con
respaldo normativo efectuadas con posterioridad al 31 de diciembre de
1997. Si se tratara de situaciones que fueron objeto de adecuación
presupuestal, las mismas serán reformuladas en forma análoga por el
órgano que intervino originalmente.
Autorízase el pago de los importes que resulten de lo dispuesto en los
artículos 5º y 6º del presente Decreto y que corresponden a ejercicios
anteriores con cargo al objeto del gasto 091 "Retribuciones de Ejercicios
Anteriores".
La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios
necesarios para la aplicación del presente decreto. Aquellos créditos que
estuvieran destinados al financiamiento de la estructura que aprueba el
artículo 5º y que no hubieran sido utilizados, podrán ser reasignados a
destinos de la Reforma en un objeto del gasto específico que la
Contaduría General de la Nación definirá a esos efectos.
Comuníquese, etc..
BATLLE, ANTONIO MERCADER, ALBERTO BENSION.
Organización para el Cumplimiento de Cometidos
Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura"
Unidad Ejecutora 007 "Archivo General de la Nación"
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
Presidencia de la República Oriental del Uruguay
Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura"
Unidad Ejecutora 007 "Archivo General de la Nación"
Estructura de cargos y funciones contratadas
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
Nota: (*) Al vacar se transforman en cargos pertencientes a los
escalafones A, B, D y R priorizando la creación de cargos de grados
superiores a los existentes en la estructura que se aprueba, creándose
tantos como puedan ser financiados con su supresión.
Unidad Organizativa Perfil Abreviado de Supervisores
Nivel Asesoría
Formación completa de nivel terciario y
Asesoría Técnica- especialización probada a través de resultados
Especializada positivos y concretos alcanzados en el área que
se defina como objeto de asesoramiento
y experiencia relevante de desempeño en la
misma.
Nivel División
Acreditada idoneidad en el marco normativo que
Administración regula el procedimiento administrativo y la
gestión documental.
Especialización en el tratamiento de técnicas
de administración de personal y de
gerenciamiento del factor humano.
Especialista en documentación, historia y en
Documentación las disciplinas diplomática, paleografía,
archivonomía, sigilografía y normalización
documental.
Conocimientos editoriales, literarios y de
Centro de Difusión mercadodinamia del libro. Experiencia a nivel
del Libro nacional e internacional en organización de
Feria del Libro.
Sistema Nacional de Conocimientos de Política de Información
Información Cultural, Cultural, Científica y Tecnológica que
y Tecnológica comprendan la gestión de Información en dichas
áreas y conocimientos y experiencia en
Informática.
Nivel Departamento
Financiero Contable Probado conocimiento e idoneidad en el
gerenciamiento financiero contable y
especialización en la ejecución
presupuestaria y sistemas de información
asociados.
Experiencia en Administración Documental de
carácter administrativo particular y gráfico,
en Repositorios, en accesión, clasificación y
Archivos Administrativos catalogación de documentos que integran los
Particulares y Gráficos Fondos Documentales del Departamento y en el
servicio a usuarios en Sala de Consultas.
Nociones de archivonomía y ciencias anexas,
de Historia Nacional e Historia de la
Administración Nacional y Reprografía.
Experiencia en Administración Documental de
carácter judicial, en accesión, clasificación
Archivos Judiciales y catalogación de expedientes judiciales que
integran los Fondos Documentales del
Departamento. Nociones de archivonomía
y ciencias anexas de Historia Nacional
Judicial.
Editorial Experiencia y conocimiento en sistemas
informáticos y diagramación.
Conocimientos y experiencia en bibliografía y
Promoción Bibliográfica promoción bibliográfica y del hábito de
y de la Lectura la lectura, así como en servicio
de Bibliotecas para adultos y niños.
Gestión de Información Especialista en el área de información.