Agrégase en el anexo adjunto al Decreto del Poder Ejecutivo Nº 89/997 de
18 de marzo de 1997, en el Capítulo III: "Estructura Organizativa,
numeral 2. Funciones de la Dirección y de las unidades organizativas
directamente dependientes", lo siguiente:
Administración
* Desarrollar actividades de apoyo necesarias para cumplir los cometidos
sustantivos de la Unidad Ejecutora y que refieren a la administración
de los recursos materiales y financieros, así como a la prestación de
los servicios generales mínimos requeridos.
* Regular las actividades de apoyo prestadas por terceros y controlar su
cumplimiento.
* Ejecutar las actividades relacionadas con técnicas de administración de
personal en el ámbito de su competencia y mantener información
actualizada a nivel de cada funcionario respecto a su asistencia,
situación personal, funcional y presupuestal.
* Efectuar la liquidación de haberes y actividades conexas.
* Canalizar los asuntos recibidos y/o generados en la Unidad Ejecutora,
manteniendo información actualizada de su ubicación y movimientos.