A efectos de la adquisición de boletos o pases de peaje mediante el
régimen de bonificación por pago anticipado, las empresas de transporte
profesional de carga deberán acreditar su calidad de tales con la
presentación de la denominada "Cédula de Identificación" expedida por la
Dirección Nacional de Transporte o, de la constancia de su inscripción en
el Registro creado por el artículo 270 de la Ley Nº 17.296 de 21/02/01.