Fecha de Publicación: 05/11/2008
Página: 465-A
Carilla: 19

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 431/008

Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa y la
estructura de puestos de trabajo correspondientes a la Unidad Ejecutora
003 "Auditoría Interna de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Economía
y Finanzas" y deróganse los Decretos 166/997 y 291/998.
(2.398*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                        Montevideo, 9 de Setiembre de 2008

VISTO: el proyecto de reestructura organizativa y de puestos de trabajo
presentado por la Unidad Ejecutora 003 "Auditoría Interna de la Nación"
del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";

RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de
2007 autoriza al Poder Ejecutivo a aprobar las reestructuras de las
distintas Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto
Nacional;

II) que el Decreto Nº 392/008 de 11 de agosto de 2008 en su artículo 8º
condiciona la aprobación de las reestructuras de puestos de trabajo al
cumplimiento de los procesos previstos en los artículos 43 de la Ley Nº
18.046 de 24 de octubre de 2006 y 26 de la Ley Nº 18.172;

III) que por el artículo 13 de la Ley Nº 18.172 se dispone la
presupuestación de los funcionarios contratados al amparo del artículo 7º
de la Ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005 una vez computado un año desde
su designación;

IV) que por el Decreto Nº 166/997 de 23 de mayo de 1997, con la
modificación dada por el Decreto Nº 291/998 de 21 de octubre de 1998, se
aprobó la reestructura organizativa de la Unidad Ejecutora 003 "Auditoría
Interna de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";

V) que se encuentra a estudio del Poder Legislativo el proyecto de Ley de
Rendición de Cuentas del Ejercicio 2007;

CONSIDERANDO: I) que es conveniente reformular la estructura organizativa,
en el marco de una revisión de los cometidos estratégicos de la Unidad
Ejecutora de referencia, que responda a la necesidad de transformar la
modalidad tradicional organizativa por una lógica de objetivos, centrada
en los resultados de la gestión;

II) que el diseño organizativo propuesto guarda la correspondiente
coherencia estratégica con los objetivos generales del Inciso y los
correspondientes objetivos particulares de la Unidad Ejecutora;

III) que la estructura de puestos de trabajo propuesta se ajusta
parcialmente a los requerimientos de la nueva estructura organizativa;

IV) que para cumplir los cometidos asignados se entiende necesario
continuar con el régimen de contratos a término, de acuerdo a lo
establecido en los artículos 30 y siguientes de la Ley Nº 17.556, de 18 de
setiembre de 2002, modificativas y concordantes;

ATENTO: al informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la
Nación, de acuerdo a sus respectivas competencias;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa
indicado en el Anexo I y la estructura de puestos de trabajo que se
incluye en el Anexo II, correspondientes de la Unidad Ejecutora 003
"Auditoría Interna de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y
Finanzas ", que se consideran parte integrante de este decreto y
condicionado a que la Ley de Rendición de Cuentas del Ejercicio 2007
habilite los créditos presupuestales necesarios para su financiación.

Artículo 2

 El Poder Ejecutivo remitirá a la Asamblea General la nómina de los
funcionarios presupuestados en los cargos creados por el artículo 26 de la
Ley Nº 18.172, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 8º del Decreto 392/008 de 11 de agosto de 2008.

Artículo 3

 Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
presupuestales en función de la estructura aprobada.

Artículo 4

 Dentro de los 180 días siguientes a la aprobación de la presente
reestructura, el Jerarca respectivo procederá a declarar las excedencias
de los cargos que correspondan.

Artículo 5

 Los créditos no utilizados para financiar la presente reestructura, así
como los créditos de las vacantes que se generen, se podrán utilizar para
financiar la creación de un cargo de Asesor V Escalafón A "Personal
Técnico Profesional" Grado 10 Serie Escribano.

Artículo 6

 Tratándose de una reestructura parcial, y si las necesidades del servicio
así lo requieren, se autoriza a la Auditoría Interna de la Nación a
celebrar contratos a término, de acuerdo a lo establecido en los artículos
30 y siguientes de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002,
modificativas y concordantes.

Artículo 7

 La "Compensación al Cargo" de los puestos de trabajo para 40 horas
semanales de la Auditoría Interna de la Nación, establecida en el artículo
2º del Decreto Nº 262/008 de 2 de junio de 2008, quedará establecida en
los siguientes montos a valores vigentes al 1º de enero de 2008:

     Grado     Escalafón A     Escalafón
                             B, C, D, E, F
     16          15.396,22
     15          14.700,01     11.572,69
     14          14.095,22     11.156,23
     13          11.727,44     10.802,48
     12          11.387,48     10.509,49
     11          11.110,75     10.272,84
     10          10.818,96     10.021,19
     9           10.585,01      9.821,15
     8           10.397,06      9.661,79
     7           10.247,92      9.536,79
     6            9.929,19      9.258,16
     5            9.714,12      9.072,38
     4            9.626,38      9.000,87
     3                          8.954,48
     2                          8.780,07
     1                          8.605,66

Artículo 8

 A los efectos de lo dispuesto en los artículos 48 inciso 3º y 49 de la
Ley Nº 18.172 se formará una comisión integrada por representantes de la
Oficina Nacional del Servicio Civil, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Jerarca de la
Unidad Ejecutora o quien éste designe, que estudiará la equivalencia de
los cargos que se aprueban por el presente decreto con el Sistema
Integrado de Retribuciones y Ocupaciones (SIRO).

Artículo 9

 Derógase el Decreto Nº 166/997 de 23 de mayo de 1997 y el Decreto Nº
291/998 de 21 de octubre de 1998.

Artículo 10

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; DANILO ASTORI.

ANEXO 1

FORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso 04: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Unidad Ejecutora 003: AUDITORIA INTERNA DE LA NACION

CAPITULO I: MISION - VISION

Misión: La Auditoría Interna de la Nación es el órgano de control que
contribuye a generar un entorno económico transparente y confiable,
protegiendo la hacienda pública y privada en beneficio de la sociedad en
su conjunto.

Visión: Ser protagonista en la mejora de la gestión de la hacienda pública
y generar seguridad y confianza en la hacienda privada al velar por la
correcta aplicación de la normativa vigente, logrando constituir una
organización flexible, capaz de adaptarse a los cambios del entorno,
generando sinergias con los sistemas interactuantes.

CAPITULO II: COMETIDOS

1.     PLANIFICACION Y DESARROLLO

*     Gerenciar el funcionamiento de los distintos departamentos bajo su
dependencia.

*     Coordinar las disponibilidades de los créditos de funcionamiento y
de inversiones de la Unidad Ejecutora.

*     Administrar los recursos financieros, a los efectos de prever los
necesarios para la ejecución de los planes y programas de funcionamiento
de la Unidad Ejecutora.

*     Elaborar el proyecto de presupuesto de gastos de funcionamiento e
inversiones.

*     -Programar, controlar y ejecutar los procesos de recaudación de los
servicios prestados.

*     Administrar y procesar toda la documentación que ingresa a la Unidad
Ejecutora, asignando los expedientes a los distintos sectores de la
Organización.

*     Administrar los recursos humanos y materiales a los efectos del
cumplimiento de los cometidos potenciando el desarrollo de los mismos para
lograr una gestión más eficiente y eficaz, definiendo programas de
capacitación, planificando y desarrollando actividades relacionadas con
reclutamiento, selección, asignación, reasignación conforme a los
requisitos de los puestos de trabajo y los requerimientos
organizacionales.

*     Establecer los términos contractuales de los servicios de
mantenimiento a cargo de terceros y controlar el cumplimiento de los
mismos.

*     Dirigir, planificar y coordinar las actividades de registración
contable y consolidar la información financiera a través del SIIF.

2.     SECTOR PUBLICO

*     Verificar los sistemas de control administrativo y de gestión del
sector público a través de tareas de auditoría selectivas y posteriores de
acuerdo a las normas de auditoría generalmente aceptadas; verificando el
movimiento de fondos y valores de la Tesorería General de la Nación y el
arqueo de sus existencias; realizando inspecciones de los registros
analíticos y sintéticos de la Contaduría General de la Nación y verificar
su correspondencia con la documentación respaldante y la de ésta con la
gestión financiera patrimonial y, en general, la verificación de la
adecuación de los estados contables y presupuestarios de los organismos
públicos a los registros y documentación respaldante, todo ello en forma
selectiva.

*     Fiscalizar la emisión y destrucción de valores fiscales.

*     Evacuar con carácter vinculante, las consultas que le formulen por
escrito los organismos sometidos a su control, pudiendo publicar las que
considere de interés general.

*     Publicar semestralmente un informe sintético de los resultados de
las auditorías efectuadas e informar al Poder Ejecutivo de los dictámenes
realizados en sus actuaciones.

*     Supervisar los sistemas de control de los recursos humanos de la
Administración Central, comprendiendo la verificación de cumplimiento del
control de su régimen de asistencia horaria, licencias y aplicación de
quienes revistan en la Administración Central, debiendo realizar informes
periódicos de sus resultados.

3.     SOCIEDADES ANONIMAS

*     Controlar la constitución de Sociedades Anónimas, comprendiendo el
control de legalidad de constitución, reforma, transformación, fusión,
escisión y disolución y las fiscalizaciones especiales en dichas
sociedades.

*     Controlar el funcionamiento de las Sociedades Anónimas abiertas.

*     Asesorar al Poder Ejecutivo en la constitución y en las
modificaciones estatutarias de instituciones de intermediación financiera,
compañías de seguros y consorcios.

*     Controlar la suscripción e integración de capital a los fundadores
de las Sociedades Anónimas cuyo único objeto sea realizar operaciones en
calidad de usuarios de la zona franca.

*     Controlar el cumplimiento del Art. 42 de la Ley Nº 17.243 de fecha
29/06/00 que establece que CONAPROLE debe cumplir con las mismas normas de
información, publicidad y control que las sociedades anónimas abiertas
previstas por la Ley Nº 16.060 de fecha 04/09/89.

*     Ejercer las funciones de órgano estatal de contralor de las
regularizaciones de las S.A. y sociedades en comandita por acciones
referidas en la Ley Nº 18.092 "Titularidad del derecho de propiedad sobre
inmuebles rurales y explotaciones agropecuarias".

4.     COOPERATIVAS

*     Controlar las Cooperativas que permanecen en su competencia en
cuanto a su funcionamiento, transformación, fusión, escisión, disolución y
liquidación y las fiscalizaciones especiales de dichas sociedades.
Permanecen en su competencia, las cooperativas establecidas en la Ley
16.736 del 5 de enero de 1996, artículos 190 y 191 y los Decretos 223/998
de 17 de Agosto de 1998 y 466/006 de 22 de noviembre de 2006 (proyecto de
ley de marco general de cooperativas sujeto a estudio en el Parlamento).

5.     ESTUDIOS TECNICOS

*     Presidir de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones del Poder
Ejecutivo Nos. 89/991 y 90/991 la Comisión de Normas Contables Adecuadas,
que tiene por finalidad el estudio de la incorporación de las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF's) en nuestro país
(proyecto de ley de creación del ente emisor de normas contables a estudio
en el Poder Legislativo).

*     Administrar y gestionar el Registro de Estados Contables de acuerdo
con lo dispuesto por el Decreto 253/001 de fecha 04/07/01.

*     Supervisar el cumplimiento de las normas de prevención de los
delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo, por parte de
los casinos, las inmobiliarias y otros intermediarios de inmuebles, las
personas físicas o jurídicas dedicadas a la compra y venta de
antigüedades, obras de arte y metales preciosos y las personas físicas o
jurídicas que, a nombre y por cuenta de terceros, realicen transacciones
financieras o administren en forma habitual sociedades comerciales, cuando
éstas no conformen un consorcio o grupo económico.

*     Fiscalizar todos los aspectos relativos a la explotación del Casino
Conrad de BALUMA S.A.

*     Verificar permanentemente controles sobre el origen nacional del
Capital mayoritario de la sociedad PLUNA Líneas Aéreas Uruguayas S.A.

*     Programar y coordinar los procesos de adquisición de bienes y
contratación de servicios, en función de los recursos asignados, aplicando
los procesos de contratación y control establecidos por las normas
vigentes.

*     Administrar las funciones de desarrollo y mantenimiento de sistemas
operativos, bases de datos, la red de internet y apoyo al usuario.



"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

2 - DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES ASIGNADAS A LA DIRECCION Y A LAS UNIDADES
DIRECTAMENTE DEPENDIENTES

DIRECCION

La Dirección tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de los
cometidos del organismo, definiendo sus objetivos y estrategias de acuerdo
a la misión.
*     Aprobar el plan estratégico global de la Unidad Ejecutora, evaluar
sus resultados y promover los ajustes necesarios.
*     Asesorar al Ministerio de Economía y Finanzas acerca del
funcionamiento de los sistemas de control existentes en los organismos
públicos en materia de administración, gestión económica financiera y de
recursos humanos y en las acciones respecto a sociedades anónimas y
cooperativas.
*     Ejecutar las acciones de control extraordinarias solicitadas por el
Ministerio de Economía y Finanzas.
*     Informar al Poder Ejecutivo de los dictámenes de las actuaciones
realizadas y ordenar la publicación semestral de un informe sintético de
los resultados de aquéllas.
*     Gerenciar el funcionamiento de las distintas divisiones de la Unidad
Ejecutora, definiendo los principales lineamientos y planes de acción a
seguir por las mismas.
*     Realizar toda otra función que se le asigne.

DIVISION PLANIFICACION Y DESARROLLO

La Planificación y Desarrollo tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Gerenciar el funcionamiento de los distintos departamentos bajo su
dependencia.
*     Coordinar las disponibilidades de los créditos de funcionamiento y
de inversiones de la Unidad Ejecutora.
*     Administrar los recursos financieros, a los efectos de prever los
necesarios para la ejecución de los planes y programas de funcionamiento
de la Unidad Ejecutora.
*     Elaborar el proyecto de presupuesto de gastos de funcionamiento e
inversiones.
*     Programar, controlar y ejecutar los procesos de recaudación de los
servicios prestados.
*     Administrar y procesar toda la documentación que ingresa a la Unidad
Ejecutora, asignando los expedientes a los distintos sectores de la
Organización.
*     Administrar los recursos humanos y materiales a los efectos del
cumplimiento de los cometidos potenciando el desarrollo de los mismos para
lograr una gestión más eficiente y eficaz, definiendo programas de
capacitación, planificando y desarrollando actividades relacionadas con
reclutamiento, selección, asignación, reasignación conforme a los
requisitos de los puestos de trabajo y los requerimientos
organizacionales.
*     Establecer los términos contractuales de los servicios de
mantenimiento a cargo de terceros y controlar el cumplimiento de los
mismos.
*     Dirigir, planificar y coordinar las actividades de registración
contable y consolidar la información financiera a través del SIIF.
*     Programar y coordinar los procesos de adquisición de bienes y
contratación de servicios, en función de los recursos asignados, aplicando
los procesos de contratación y control establecidos por las normas
vigentes.
*     Administrar las funciones de desarrollo y mantenimiento de sistemas
operativos, bases de datos, la red de internet y apoyo al usuario.
*     Realizar toda otra función afín que se le asigne.

Esta División se integra con tres departamentos:

Departamento de Administración y Finanzas

El Departamento de Administración y Finanzas tendrá a su cargo las
siguientes funciones:

*     Prever los recursos necesarios para los planes y programas de
funcionamiento de la Unidad Ejecutora.
*     Colaborar con la elaboración del Proyecto de presupuesto de gastos
de funcionamiento e inversiones.
*     Ejecutar el presupuesto asignado, así como ejecutar y supervisar las
actividades de registración contable y consolidación de la información
financiera a través del SIIF.
*     Ejecutar y controlar los procesos de adquisición de bienes y
contratación de servicios, en función de los recursos asignados, aplicando
los procesos de contratación y control establecidos por las normas
vigentes.
*     Ejecutar y controlar el pago de los compromisos adquiridos,
verificando su correcta documentación.
*     Administrar los procesos de los servicios prestados.
*     Mantener actualizada la información de los funcionarios en todo lo
atinente a su situación funcional.
*     Administrar toda la documentación ingresada así como controlar y
archivar los expedientes y documentos que correspondan.
*     Coordinar los servicios tercerizados de limpieza, distribución de
correspondencia y mantenimiento de los servicios en general.
*     Realizar toda otra función afín que se le asigne.

Departamento de Recursos Humanos

El Departamento de Recursos Humanos tendrá a su cargo las siguientes
funciones:

*     Supervisar, controlar y dirigir los recursos humanos de la
organización a los efectos del más efectivo y eficiente cumplimiento de
los cometidos de la Organización.
*     Potenciar el desarrollo de los recursos humanos para lograr una
gestión más eficiente y eficaz, desarrollando programas de capacitación.
*     Realizar la liquidación de las retribuciones personales y todas las
actividades inherentes a las mismas, volcando la información al BPS a
través de la historia laboral de los funcionarios.
*     Ejecutar actividades relacionadas con reclutamiento, selección,
asignación, reasignación conforme a los requisitos de los puestos de
trabajo y los requerimientos organizacionales.
*     Desarrollar la evaluación de desempeño y promoción de los
funcionarios de la Unidad de acuerdo a las normas vigentes.
*     Controlar la efectiva asistencia, inasistencia y permanencia de los
funcionarios.
*     Mantener actualizado el legajo personal de los recursos humanos de
la Organización.
*     Confeccionar todo lo relativo a las calificaciones haciéndose cargo
de las notificaciones de las mismas.
*     Realizar toda otra función afín que se le asigne.

Departamento de Informática

El Departamento de Informática tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Desarrollar y efectuar las actividades de mantenimiento de sistemas
específicos y sistemas Web.
*     Incorporar nuevos sistemas informáticos que sean requeridos por la
Dirección y de acuerdo a las necesidades de la Organización.
*     Cuidar los recursos de infraestructura en lo referido a la
administración de sistemas operativos, hardware y software.
*     Gestionar los recursos de comunicaciones informáticas.
*     Apoyar al usuario, al personal y a quien se determine en el uso y la
aplicación de las herramientas informáticas.
*     Realizar toda otra función afín que se le asigne.

DIVISION SECTOR PUBLICO

La División Sector Público tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Gerenciar el funcionamiento de los distintos departamentos bajo su
dependencia.
*     Aprobar los sistemas integrados de control interno de los organismos
de los Incisos 02 a 14 del Presupuesto Nacional.
*     Definir la integración de equipos multidisciplinarios en
coordinación con los distintos departamentos.
*     Ejercer la superintendencia técnica de las unidades de auditoría
interna en los órganos y organismos de los Incisos 02 a 14 del Presupuesto
Nacional.
*     Planificar las auditorias en los órganos de la persona pública
Estado, de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del art. 220
de la Constitución.
*     Controlar en forma selectiva los estados contables presentados por
las personas públicas no estatales y los organismos privados que manejan
fondos públicos o administran bienes del Estado.
*     Fiscalizar la emisión y destrucción de valores fiscales en la
Administración Central.
*     Publicar y difundir el informe semestral de actuaciones.
*     Supervisar el control del régimen de asistencia y aplicación de los
recursos humanos de la Administración Central.
*     Evaluar las consultas efectuadas por terceros, efectuando el informe
cuando corresponda.
*     Administrar las acciones contratadas con terceros en estudios de
consultoría y auditoría.
*     Realizar toda otra función afín que se le sea encomendada.

La División Sector Público se integra con tres departamentos:

Departamento de Auditorías Legales

El Departamento de Auditorías Legales tendrá a su cargo las siguientes
funciones:

*     Ejecutar las auditorias en los órganos de la persona pública Estado,
de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del art. 220 de la
Constitución.
*     Analizar las leyes presupuestales y rendiciones de cuentas, con
especial atención en los impactos y modificaciones a la normativa vigente.
*     Integrar equipos multidisciplinarios asesorando en la temática de su
competencia.
*     Evacuar las consultas efectuadas por terceros.
*     Supervisar el control del régimen de asistencia y aplicación de los
recursos humanos de la Administración Central.
*     Realizar toda otra función afín que se le sea encomendada.

Departamento de Auditorías Contables

El Departamento de Auditorías Contables tendrá a su cargo las siguientes
funciones:

*     Ejecutar las auditorias en los órganos de la persona pública Estado,
de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del art. 220 de la
Constitución.
*     Efectuar controles selectivos de los estados contables presentados
por las personas públicas no estatales y los organismos privados que
manejan fondos públicos o administran bienes del Estado.
*     Ejercer la superintendencia técnica de las unidades de auditoría
interna en los órganos y organismos de los Incisos 02 a 14 del Presupuesto
Nacional.
*     Aprobar los sistemas de control interno implementados por los
organismos auditados.
*     Integrar equipos multidisciplinarios asesorando en la temática de su
competencia.
*     Realizar toda otra función afín que se le sea encomendada.

Departamento de Auditorías Informáticas

El Departamento de Auditorías Informáticas tendrá a su cargo las
siguientes funciones:

*     Ejecutar las auditorias en los órganos de la persona pública Estado,
de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del art. 220 de la
Constitución.
*     Diseñar las pruebas y procedimientos a ser efectuados, sugiriendo al
Director las recomendaciones a formular.
*     Evacuar las consultas efectuadas por terceros.
*     Asesorar en la adquisición de herramientas tecnológicas y proponer
los estandares de seguridad para la información manejada por el sector.
*     Sugerir la capacitación especializada para la División.
*     Realizar toda otra función afín que se le sea encomendada.

DIVISION SOCIEDADES ANONIMAS

La División Sociedades Anónimas tendrá a su cargo las siguientes
funciones:

*     Gerenciar el funcionamiento de los distintos departamentos bajo su
dependencia.
*     Controlar la constitución y el funcionamiento de las sociedades
anónimas, comprendiendo el control de legalidad de su constitución, sus
reformas, su transformación, su fusión, su escisión, y s su disolución y
las fiscalizaciones especiales en dichas sociedades.
*     Controlar el funcionamiento de las sociedades anónimas abiertas a
través de intervención preceptiva.
*     Asesorar a la Dirección de la Unidad Ejecutora en la constitución y
en las modificaciones estatutarias de instituciones de intermediación
financiera, compañías de seguros, y en la titularidad de inmuebles
rurales.
*     Realizar toda otra función que le sea encomendada.

La División Sociedades Anónimas se integra con dos departamentos:

Departamento de Control de Funcionamiento de Sociedades

El Departamento de Control de Funcionamiento de Sociedades tendrá a su
cargo las siguientes funciones:

*     Controlar el funcionamiento de las sociedades anónimas abiertas a
través de la visación de los balances.
*     Controlar el funcionamiento de las sociedades anónimas abiertas a
través de intervención preceptiva.
*     Asistir a las asambleas controlando el quórum y asistencia de
accionistas en forma directa o a través de apoderados.
*     Realizar toda otra función afín que le sea encomendada.

Departamento de Control de Constitución y Legalidad

El Departamento de Control de Constitución y Legalidad de Sociedades
tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Controlar la constitución y el funcionamiento de las sociedades
anónimas, comprendiendo el control de legalidad de su constitución, sus
reformas, su transformación, su fusión, su escisión y su disolución y las
fiscalizaciones especiales en dichas sociedades.
*     Asesorar al Director de División en la constitución y en las
modificaciones estatutarias de instituciones de intermediación financiera,
compañías de seguros, y en la titularidad de inmuebles rurales.
*     Realizar toda otra función que le sea encomendada.

DIVISION COOPERATIVAS

La División Cooperativas tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Gerenciar el funcionamiento de los distintos departamentos bajo su
dependencia.
*     Planificar las actividades de control y supervisión de las
cooperativas que están en el ámbito de competencia de la AIN.
*     Asesorar a la Dirección en la materia de actuación de cooperativas.
*     Controlar la expedición anual del certificado de inscripción y
regularidad según se verifique el cumplimento de ciertas obligaciones por
las cooperativas.
*     Definir la integración de equipos multidisciplinarios en
coordinación con los distintos departamentos.
*     Programar la asistencia de los equipos a las Asambleas convocadas
por las cooperativas.
*     Proponer la adquisición de recursos informáticos y los estandares de
seguridad para la información manejada por el sector.
*     Proponer la capacitación especializada para la División.
*     Dirigir y controlar las acciones contratadas con terceros.
*     Proponer a la Dirección sugerencias y/o modificaciones a las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
*     Realizar toda otra función afín que le sea encomendada.

La División Cooperativas se integra con dos departamentos.

Departamento de Control de Funcionamiento:

El Departamento de Control de Funcionamiento de Cooperativas tendrá a su
cargo las siguientes funciones:

*     Planificar, controlar y supervisar la actuación de las cooperativas
que están en el ámbito de la competencia de la A.I.N.
*     Dirigir la actuación de los equipos multidisciplinarios asesorando
en la temática de su competencia.
*     Elaborar los informes de las actuaciones en las distintas
cooperativas.
*     Controlar la asistencia de los equipos a las Asambleas convocadas
por las cooperativas.
*     Evaluar las consultas efectuadas por terceros, evacuando aquellas
que correspondan.
*     Realizar toda otra función afín que le sea encomendada.

Departamento de Control de Legalidad

El Departamento de Control de Legalidad tendrá a su cargo las siguientes
funciones:

*     Integrar los equipos multidisciplinarios asesorando en la temática
de su competencia.
*     Asistir a las Asambleas convocadas por las Cooperativas.
*     Informar sobre los resultados de las Asambleas.
*     Controlar el cumplimiento de las Cooperativas de las obligaciones
previstas en la normativa vigente.
*     Expedir el certificado de inscripción y regularidad en forma anual
según se verifique el cumplimento de ciertas obligaciones por las
cooperativas.
*     Realizar toda otra función afín que le sea encomendada.

DIVISION ESTUDIOS TECNICOS

La División Estudios Técnicos tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*     Gerenciar el funcionamiento de los distintos departamentos bajo su
dependencia.
*     Apoyar y asesorar en los asuntos jurídicos y contables sometidos a
su consideración por todas las Divisiones de la Unidad Ejecutora.
*     Ejecutar los procesos contenciosos administrativos vinculados a
resoluciones de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
*     Dirigir y controlar la realización de sumarios o investigaciones
administrativas dispuestas por la Dirección.
*     Dirigir los proyectos de convenio con instituciones públicas o
privadas tendientes al cumplimiento de los cometidos de la Unidad
Ejecutora.
*     Analizar los pliegos de las licitaciones y contratos que realice la
Unidad Ejecutora.
*     Informar en los aspectos relativos a funcionarios públicos, materia
presupuestal, contratación administrativa respecto de bienes y prestación
de servicios y recursos administrativos.
*     Supervisar el cumplimiento de las normas de prevención de los
delitos de lavado de dinero y financiación del terrorismo.
*     Formular proyectos de normas jurídicas referentes a los temas
precedentemente indicados y, otros, especialmente vinculados a contratos y
convenios con organismos públicos, adquisiciones, contratos de
arrendamiento de obra y de servicios y de bienes muebles e inmuebles.
*     Realizar toda otra función que le sea encomendada.

La División Estudios Técnicos se integra con dos departamentos.

Departamento Técnico Legal

El Departamento de Normas tendrá a su cargo las siguientes funciones:

*      Analizar todos los aspectos relativos a las modificaciones legales
o reglamentarias introducidas a la normativa vigente respecto al ámbito de
competencia de la Organización, así como a los nuevos cometidos
atribuidos.
*     Proponer las posibles alternativas respecto de las modificaciones
reseñadas.
*     Proponer manuales de procedimientos, instructivos y criterios a
adoptar por las diferentes Divisiones.
*     Sugerir los criterios a adoptar y las recomendaciones que se estimen
pertinentes.
*     Realizar toda otra función que le sea encomendada.

Departamento de Contabilidades Especiales

El Departamento de Contabilidades Especiales tendrá a su cargo las
siguientes funciones que surgen de la necesidad de eficiente cumplimiento
de cometidos especialmente atribuidas a la Unidad Ejecutora:

*     Ejercer la intervención de grupos económicos de acuerdo con el
alcance determinado según normas específicas.
*     Administrar y gestionar el Registro de Estados Contables (R.E.C).
*     Integrar la Comisión de Denominación de nombres de Sociedades
Anónimas, la que deberá expedirse en la materia de su competencia.
*     Integrar las comisiones de sanciones en materia de incumplimientos
de las cooperativas y las sociedades comerciales.
*     Fiscalizar la explotación de los Casinos privados.
*     Supervisar y controlar el cumplimiento de la normativa de prevención
de delitos de lavados de activos y prevención del terrorismo.
*     Realizar toda otra función que le sea encomendada.

                      ANEXO II  ESTRUCTURA DE CARGOS

INCISO:               05     MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
UNIDAD EJECUTORA     003     AUDITORIA INTERNA DE LA NACION

 "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."


		
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