Fecha de Publicación: 05/11/2008
Página: 482-A
Carilla: 36

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Decreto 433/008

Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa y la
estructura de puestos de trabajo correspondientes a la Unidad Ejecutora
070 "Dirección General de la Salud" del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública" y derógase el Decreto 460/001.
(2.400*R)

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                        Montevideo, 9 de Setiembre de 2008

VISTO: la solicitud de aprobación de la reestructura organizativa y de
puestos de trabajo de la Unidad Ejecutora 070 "Dirección General de la
Salud" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública";

RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la Ley No. 18.172 de 31 de agosto de
2007 autoriza al Poder Ejecutivo a aprobar las reestructuras de las
distintas Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto
Nacional;

II) que por Decreto Nº 460/001 de 27 de noviembre de 2001, se aprobó la
reestructura organizativa de la Unidad Ejecutora 070 "Dirección General de
la Salud" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública";

III) que el artículo 227 de la ley Nº 18.172 creó en el Inciso 12
"Ministerio de Salud Pública", unidad ejecutora 070 "Dirección General de
la Salud", diecinueve Direcciones Departamentales de Salud;

IV) que el artículo 235 de la Ley Nº 18.172 asignó una partida anual con
destino a la creación de un régimen de funciones inspectivas en el área de
la salud;

V) que se encuentra a estudio del Poder Legislativo el proyecto de Ley de
Rendición de Cuentas del Ejercicio 2007, el cual prevé un complemento de
la partida dispuesta por el anteriormente citado artículo 235 y una
partida para reestructura;

CONSIDERANDO: I) que es conveniente reformular la estructura organizativa,
en el marco de una revisión de los cometidos estratégicos de la Unidad
Ejecutora de referencia, que responda a la necesidad de transformar la
modalidad tradicional organizativa por una lógica de objetivos, centrada
en los resultados de la gestión;

II) que el diseño organizativo propuesto guarda la correspondiente
coherencia estratégica con los objetivos generales del Inciso y los
correspondientes objetivos particulares de la Unidad Ejecutora;

III) que la estructura de puestos de trabajo propuesta se ajusta a los
requerimientos de la nueva estructura organizativa;

ATENTO: al informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la
Nación, de acuerdo a sus respectivas competencias;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa
indicado en el Anexo I y la estructura de puestos de trabajo que se
incluye en el Anexo II, correspondientes a la Unidad Ejecutora 070
"Dirección General de la Salud" del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública", que se consideran parte integrante de este decreto y
condicionado a que la Ley de Rendición de Cuentas del Ejercicio 2007
habilite los créditos presupuestales necesarios para su financiación.

Artículo 2

 Exceptúase de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley Especial Nº 7 del
23 de diciembre de 1983 a los cargos de Directores de División y Jefes de
Departamento.

Artículo 3

 Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
presupuestales en función de la estructura aprobada.

Artículo 4

 Dentro de los 180 días siguientes a la aprobación de la presente
estructura, el Jerarca respectivo procederá a declarar las excedencias de
los cargos que corresponda.

Artículo 5

 A los efectos de lo dispuesto en los artículos 48 inciso 3º y 49 de la
Ley Nº 18.172 se formará una comisión integrada por representantes de la
Oficina Nacional del Servicio Civil, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección General
de la Salud, que estudiará la equivalencia de los cargos que se aprueban
por el presente decreto con el Sistema Integrado de Retribuciones y
Ocupaciones (SIRO).

Artículo 6

 Derógase el Decreto Nº 460/001 de 27 de noviembre de 2001 en lo relativo
a la Unidad Ejecutora 070 "Dirección General de la Salud".

Artículo 7

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; MARIA JULIA MUÑOZ; DANILO
ASTORI.

ANEXO 1

FORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso 12: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Unidad Ejecutora 070: DIRECCION GENERAL DE LA SALUD

CAPITULO I: MISION - OBJETIVOS ESTRATEGICOS

La Dirección General de la Salud (DIGESA) tiene como misión regular y
controlar los servicios de salud públicos y privados, las tecnologías de
salud, los medicamentos, los alimentos y los productos que puedan afectar
la salud humana, así como normatizar en los aspectos precedentes y
controlar su cumplimiento.

Es responsable además de promover la salud de la población del país y de
desarrollar las bases técnicas de políticas sustentables que garanticen el
acceso, eficacia, eficiencia, seguridad, oportunidad, equidad y calidad en
las prestaciones de salud a la población y que aseguren el control y la
disminución de los factores de riesgo asociados al desarrollo de
enfermedades.

En el marco de su misión, son objetivos estratégicos de la Dirección
General de la Salud (DIGESA):

1)     Mantener actualizado el diagnóstico de situación de salud de la
población por medio de un sistema nacional de vigilancia sanitaria,
incluyendo las enfermedades transmisibles y no transmisibles, fármaco y
tecnovigilancia.

2)     Controlar y auditar la atención integral de los servicios de salud
públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) a
través de un proceso moderno y descentralizado de control de calidad sobre
la base de la actualización continua de normativas de habilitación y
control de los procesos asistenciales, promoviendo un sistema de
acreditación orientado al cambio del modelo de atención.

3)     Normatizar a nivel nacional mediante guías clínicas y protocolos de
las patologías prevalentes en el país en el marco de programas de atención
de carácter integral.

4)     Regular, controlar y desarrollar una política de tecnología en el
sector salud de alcance nacional, racional y acorde al cambio del modelo
de atención a la salud que se impulsa.

5)     Impulsar la creación de una agencia de alimentos que articule y
coordine las múltiples competencias existentes en el estado a efectos de
lograr mayor eficiencia en términos de seguridad alimentaria.

6)     Armonizar los parámetros de calidad de los bienes, servicios y
factores productivos del área salud y los mecanismos de control sanitario
de los estados partes a los fines de eliminar los obstáculos técnicos al
comercio y lograr el fortalecimiento del proceso de integración regional.

7)     Asesorar en la formulación, supervisión, control y evaluación de
las políticas, planes, programas y normas vinculadas al sector salud, y
proponer modificaciones a la legislación sanitaria existente.

8)     Generar una política de promoción de salud que incluye el diseño de
un plan nacional de promoción de salud que contenga acciones desarrolladas
por programas y su implementación tanto en el sector público como en el
sector privado y a nivel comunitario en términos de conformar un
componente de aseguramiento.

9)     Generar una estrategia en materia de comunicación social orientada
a estimular estilos de vida saludables.

CAPITULO II: COMETIDOS

1     Cometidos sustantivos

*     Asesorar en la formulación de políticas y estrategias a nivel
nacional, en los recursos sanitarios y en el ejercicio de su rol regulador
del sector salud público y privado.

*     Asesorar en la supervisión, control y evaluación del cumplimiento de
las políticas, planes, programas y normas vinculadas al sector salud, y
proponer modificaciones a la legislación sanitaria existente.

*     Participar en la definición de las políticas de salud a nivel
nacional, regional e internacional a efectos de promover la armonización
de la calidad, factores productivos y controles sanitarios.

*     Elaborar y proponer la ejecución de planes, programas y proyectos de
promoción y protección de la salud de la población del país.

*     Ejecutar las estrategias más eficaces, eficientes y equitativas en
la difusión del conocimiento actualizado a la población en general y en
especial a los grupos de riesgo con el fin de contribuir al cambio
voluntario de las prácticas, actitudes y estilos de vida saludables.

*     Asesorar en la formulación de una política nacional de recursos
humanos para la salud.

*     Mantener actualizado un diagnóstico de situación de salud de la
población y de su entorno físico y social así como de las necesidades en
salud existentes en la población del país.

*     Realizar la vigilancia epidemiológica del país e instrumentar y
mantener actualizado un sistema nacional de información y vigilancia en
salud.

*     Elaborar e informar las estadísticas vitales y de morbilidad.

*     Prever situaciones de riesgo o problemas que puedan afectar la salud
de la población o grupos de riesgo del país y anticipar en forma oportuna
las acciones más efectivas y eficientes.

*     Evaluar la situación de salud, a través de los indicadores que se
definan, preparando informes sobre la evolución respecto a lo proyectado y
participando en el análisis de las diferencias.

*     Aprobar y mantener actualizados los programas de prestaciones
integrales de salud que deben brindar los prestadores.

*     Controlar la calidad integral de la atención en salud en todo el
territorio nacional.

*     Promover en coordinación con terceros la investigación científica en
salud y la mejora de calidad de vida.

*     Asistir en el desarrollo de políticas, normativas e intervenciones
en materia de salud ambiental.

*     Asistir en el desarrollo de la normativa para el mejoramiento de las
condiciones y medio ambiente de trabajo.

*     Habilitar, registrar y controlar la calidad de las acciones y
funcionamiento de las instituciones relacionadas con la salud tanto a
nivel público como privado.

*     Habilitar y registrar farmacias.

*     Registrar datos identificatorios, títulos que posean y
especialidades que desarrollen y habilitar a los profesionales que presten
servicios de salud.

*     Ejecutar las actividades de inspección y fiscalización de empresas
farmacéuticas y la fármaco vigilancia.

*     Realizar los procesos de aprobación, control y registro de
medicamentos.

*     Asesorar en el dictado de normas técnicas relacionadas con el
control de la calidad de los medicamentos, alimentos y otros productos
sanitarios y controlar el cumplimiento de dichas normas.

*     Asesorar en el dictado de normas técnicas que regirán la actuación
en los aspectos sanitarios de las entidades del Sistema Nacional de Salud.

*     Regular, desarrollar y controlar las políticas de tecnología médica
y de medicamentos y promover su uso racional.

*     Evaluar y asesorar la necesidad, eficacia y eficiencia de las
tecnologías en salud aplicadas en el país así como aquellas a ser
incorporadas.

*     Aprobar toda nueva incorporación de tecnología en el sector salud.

*     Crear y mantener un registro obligatorio de recursos de tecnología
de diagnóstico y terapéutica de alto porte de los servicios de salud.

*     Reglamentar la información sobre recursos tecnológicos a remitir por
las instituciones y definir sanciones por incumplimiento.

2     Cometidos de apoyo a los sustantivos.

*     Gestionar los recursos humanos, materiales y financieros de la
Unidad.

*     Ordenar el gasto de las unidades administrativas dependientes de la
Dirección.

CAPITULO III: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

1 - ORGANIZACION

La "Dirección General de la Salud" es una Unidad Ejecutora dependiente del
Inciso 12, Ministerio de Salud Pública y su estructura organizativa se
refleja en la "Organización para el Cumplimiento de Cometidos".

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

Se integra con las siguientes unidades organizativas directamente
dependientes:

*     Asesoría Técnica

*     Asesoría Jurídica

*     Unidad de Información y Planificación

*     Direcciones Departamentales

*     División Fiscalización

*     División Normas e Investigación

*     División Habilitación Sanitaria

*     División Epidemiología

*     División Salud Ambiental y Ocupacional


2 - DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES ASIGNADAS A LA DIRECCION Y A LAS UNIDADES
DIRECTAMENTE DEPENDIENTES

DIRECCION GENERAL

*     Dirigir y coordinar la ejecución de los planes, programas, proyectos
y actividades destinados al cumplimiento de los cometidos sustantivos.
*     Asistir a la jerarquía ministerial en aspectos referentes al
funcionamiento de la Unidad Ejecutora así como respecto al cumplimiento de
sus objetivos.
*     Definir áreas de intervención programática para resolver problemas
de salud a nivel colectivo, determinando responsables, objetivos,
principales actividades y plazos de ejecución.
*     Coordinar actividades con comisiones y/u organismos honorarios que
actúen en el área de Salud Pública.
*     Relacionarse con otros organismos y/o instituciones, vinculadas al
área de la salud.
*     Actuar en representación del Ministro toda vez que se le delegue.
*     Participar en la definición de las políticas, estrategias y
desarrollos de tecnología de la información del Ministerio de Salud
Pública de acuerdo a los objetivos estratégicos definidos.

ASESORIA TECNICA

*     Asesorar sobre distintos aspectos de la salud humana, especialmente
en lo relacionado con las enfermedades inmuno prevenibles y las
infecciones intra hospitalarias.
*     Asesorar en todo lo relativo al cambio del modelo de atención a la
salud y la investigación sanitaria.
*     Estudiar y proponer líneas de trabajo a mediano y largo plazo para
el mejoramiento y cambio del modelo de atención a la salud.
*     Elaborar y proponer líneas de investigación sanitarias.
*     Asesorar respecto a la realización de convenios con instituciones
públicas y privadas relativos al área de la salud.
*     Asesorar en relación a la promoción, coordinación, control y
cumplimiento de los programas de cooperación técnica con organismos
internacionales, convenios multilaterales y bilaterales en el área de la
salud, y la realización y participación en eventos internacionales.
*     Informar sobre la evolución y seguimiento de fuentes de
financiamiento para programas o proyectos que las autoridades estimen
convenientes, (BID).
*     Evaluar los criterios para fijar los aranceles cobrados por la
Dirección General de la Salud y proponer las correcciones que sean
necesarias.
*     Brindar asesoramiento técnico a la Dirección y a todas sus unidades
en materia de Arquitectura.

ASESORIA JURIDICA

*     Brindar asesoramiento letrado de la Dirección, como medio de
fortalecer las decisiones y la normativización, en especial de las
políticas a llevar a cabo.
*     Asesorar a las distintas unidades de la Unidad Ejecutora en
coordinación con los demás asesores jurídicos asignados en sus distintas
reparticiones, como forma de fundar las decisiones e ir formando
posiciones consensuadas, estableciendo criterios en las distintas áreas y
así lograr el fortalecimiento institucional.
*     Representar a la Dirección General de la Salud en todos los trámites
que realice, ya sea ante órganos jurisdiccionales o administrativos en los
que se tenga interés, vinculación o responsabilidad jurídica.
*     Asesorar en la formulación de la normativa correspondiente a la
Dirección General de la Salud.
*     Asesorar a la Dirección en los temas referentes a la
confidencialidad de la información procesada en la Unidad Ejecutora y la
legislación aplicable.
*     Asesorar jurídicamente respecto a los convenios a consideración de
la Unidad Ejecutora.

UNIDAD DE INFORMACION Y PLANIFICACION

*     Elaborar información actualizada de la situación y tendencias de
salud de la población.
*     Elaborar las estadísticas vitales.
*     Evaluar la calidad del levantamiento de la información, así como
también del análisis correcto de los datos y proponer las medidas
correctivas que pudieran corresponder.
*     Ampliar los componentes de la información sanitaria, integrando
variables sociales, (sexo, clase social, nivel de renta, pobreza, etc.),
así como nuevos indicadores ambientales.
*     Elaborar boletines informativos con estadísticas del organismo.
*     Búsqueda de información cuantitativo y cualitativa, estudios de
opinión y percepción de la sociedad, encuestas de satisfacción de
usuarios, satisfacción y motivación del personal de salud, etc.
*     Coordinar el intercambio eficaz de información entre las unidades de
la Dirección General de la Salud, con las demás unidades del MSP y con los
restantes actores del sistema de salud.
*     Efectuar el seguimiento de los planes estratégicos de la Unidad
Ejecutora informando a la Dirección y proponiendo medidas correctivas en
los casos que se detecten apartamientos.
*     Asesorar a la Dirección y participar en el proceso de elaboración de
los planes estratégicos y planes anuales de gestión.
*     Coordinar la planificación estratégica de la Dirección General de la
Salud con la Unidad de Planificación Estratégica del Inciso.

SECRETARIA

*     Asistir a la Dirección en todas las funciones propias de secretaría.

DIRECCIONES DEPARTAMENTALES

*     Desarrollar las funciones de rectoría y de autoridad sanitaria a
nivel departamental.
*     Planificar la implementación de los programas prioritarios a nivel
local en coordinación con la Unidad Programática correspondiente de
DIGESA.
*     Promover la salud integral de la población del Departamento
priorizando la prevención y promoción de la salud, especialmente para los
sectores más vulnerables con el propósito de lograr una comunidad más
sana.
*     Desarrollar los planes de salud aprobados por la Dirección para
aplicación a nivel departamental.
*     Coordinar con otros actores del sector estatal para sumar
capacidades y optimizar las intervenciones a nivel departamental.

DIVISION FISCALIZACION

*     Planificar, dirigir y coordinar las actividades de inspección.
*     Controlar el cumplimiento de la normativa sanitaria por parte de
todos los actores del sector salud.
*     Definir estrategias para elaborar los planes de inspección basados
en los objetivos fijados por las políticas de salud y el criterio de
riesgo sanitario.
*     Verificar la calidad científica y técnica de los productos,
servicios y personal de la salud.
*     Responder a las denuncias y eventos adversos detectados por las
demás Divisiones, inspeccionando y evaluando la situación en relación al
riesgo sanitario.
*     Evaluar la eficacia y eficiencia en el uso de las prestaciones
sanitarias (evaluación y adecuación del Sistema de Salud).
*     Evaluar el cumplimiento de los requerimientos establecidos por la
normativa vigente de acuerdo a prioridades.
*     Implantar, administrar y mantener el sistema de información y
registro de la tarea inspectiva.
*     Ejecutar aquellos planes o actividades específicas que le sean
encomendadas por la Dirección en materia inspectiva.
*     Elaborar y actualizar los instrumentos para el cumplimiento de la
tarea inspectiva.
*     Preparar los programas de formación continua dirigidos al personal
de inspección.
*     Colaborar con la División Normas e Investigación en la formulación,
mejora y actualización del cuerpo normativo.
*     Garantizar la eficiencia en el uso de las prestaciones sanitarias
(evaluación y adecuación del Sistema de Salud).
*     Verificar el adecuado cumplimiento de las prestaciones de salud en
casos de situaciones excepcionales o de emergencia sanitaria.

Esta División se integra con los siguientes Departamentos:

Departamento de Programación, Control y Logística

*     Programar y coordinar la secuencia de inspecciones a realizar
(programadas, por denuncias, de control, etc.).
*     Recibir las solicitudes de inspección que ingresen a la División,
programarlas en forma coordinada con el plan anual y remitir al
solicitante los resultados obtenidos.
*     Administrar y mantener el registro informático completo de las
actuaciones inspectivas.
*     Programar el uso de instrumentación para las inspecciones y
coordinar el resto del apoyo logístico para las mismas.
*     Poner a disposición de los inspectores los antecedentes e
información disponibles para la correcta organización de la labor de
inspección.
*     Controlar el cumplimiento de los planes de inspección dando aviso al
Departamento de Inspección en caso de detectarse apartamientos a lo
programado.
*     Elaborar informes estadísticos sobre los resultados obtenidos en las
inspecciones.
*     Coordinar el intercambio de información con la Unidad de Información
y Planificación de la Dirección.

Departamento de Inspección

*     Desarrollar la labor inspectiva en todo el territorio nacional en
cumplimiento de los programas establecidos y la normativa vigente.
*     Realizar la certificación de Buenas Prácticas de acuerdo a lo
establecido en las políticas de salud definidas por la DIGESA y la JUNASA.
*     Realizar el seguimiento de condiciones de funcionamiento en
servicios y empresas sustentado en el Control de Riesgos.
*     Realizar la certificación de Buenas Prácticas en aquellos casos que
la normativa vigente así lo establezca.

DIVISION NORMAS E INVESTIGACION

*     Elaborar recomendaciones sobre políticas sanitarias.
*     Desarrollar, aprobar y mantener actualizados las normas de acuerdo a
las políticas sanitarias aprobadas.
*     Aprobar y mantener actualizados los programas de prestaciones
integrales de salud.
*     Desarrollar normas sobre el uso de tecnología médica y de
medicamentos.
*     Asesorar sobre toda propuesta de incorporación de tecnología
innovadora al país.
*     Promover en coordinación con terceros la investigación científica en
salud y la mejora de calidad de vida.
*     Reglamentar la información sobre recursos tecnológicos a remitir por
las instituciones y proponer sanciones por incumplimiento.
*     Aprobar normas generales y específicas que deberá cumplir toda
publicidad o propaganda dirigida al público, cuyo objeto sea promocionar
productos para la salud, profesionales de la salud o entidades que presten
servicios de salud.
*     Elaborar el Plan Integral de Atención en Salud (PIAS).
*     Facilitar la investigación clínica relacionada con los Programas.
*     Incorporar en los Programas la utilización racional de toda
tecnología innovadora a medida que ésta se aprueba.

Esta División se integra con el siguiente Departamento:

Departamento de Desarrollo Normativo

*     Desarrollar y actualizar normas sobre servicios, productos, personas
y ambiente, aplicando criterios de normalización técnica.
*     Elaborar las normas para la utilización de toda nueva tecnología, de
acuerdo a la información proporcionada por la Unidad de Viabilidad
Tecnológica para el Sistema Nacional Integrado de Salud de la División
Habilitación Sanitaria.
*     Proponer las normas que regirán la actuación de las entidades del
Sistema Nacional Integrado de Salud.

DIVISION HABILITACION SANITARIA

*     Habilitar a los profesionales y prestadores de servicios de salud
así como a las empresas que fabriquen, importen, distribuyan o
comercialicen productos para la salud, efectuando el registro obligatorio
de todos ellos.
*     Aprobar los proyectos de creación, ampliación o modificación de
servicios de salud.
*     Promover y evaluar en coordinación con terceros el desarrollo
profesional continuo de los RRHH del sistema sanitario nacional. Proponer
políticas de re-certificación de los profesionales de la salud.
*     Autorizar la comercialización de productos para la salud.
*     Proponer, cuando corresponda, la aplicación de sanciones a los
servicios, los profesionales, las empresas, etc., del sector salud.
*     Aprobar las tecnologías de salud.
*     Aprobar los planes de prevención y promoción de la salud elaborados
por los servicios de salud públicos y privados, en el marco del PIAS.
*     Proponer y desarrollar políticas de comunicación con el usuario.
*     Evaluar las tecnologías de salud.
*     Coordinar con las instituciones formadoras y con las instituciones
prestadoras, pautas para la adecuación de los recursos humanos a las
necesidades de salud de la población.
*     Mantener el registro obligatorio de los recursos humanos de
servicios de salud.
*     Monitorear la situación de los recursos humanos para la salud en los
aspectos de formación y de mercado laboral.
*     Colaborar con la División Normas e Investigación en la formulación,
mejora y actualización del cuerpo normativo.
*     Promover la información y capacitación de los usuarios de los
servicios de salud, fomentando su organización y participación.
*     Recibir, procesar y analizar la información proveniente de las
oficinas de atención al usuario de los servicios de salud.
*     Analizar y mediar sobre las denuncias o reclamos realizados por los
usuarios de servicios de salud.

Esta División se integra con el siguiente Departamento:

Departamento de Evaluación de Conformidad

*     Evaluar la conformidad con la normativa vigente, de las actividades
desarrolladas por los servicios de salud, instituciones que alojan
ancianos, empresas que desarrollan, fabrican, comercializan y/o
distribuyen productos de impacto en la salud humana, así como las que
fabrican y/o importan sus materias primas.
*     Mantener un registro obligatorio de servicios de salud, productos y
empresas.
*     Evaluar y aprobar los planes de prevención y promoción en salud de
los servicios de salud públicos y privados.
*     Analizar la programación operativa y los programas de desarrollo
institucional para que en cada caso se adecuen a los programas
prioritarios y a las características del prestador, asesorando para su
aprobación.
*     Evaluar la conformidad con las normas bioéticas de los protocolos de
investigación.
*     Coordinar el sistema de control de alimentos integrado por todos los
organismos competentes.

DIVISION EPIDEMIOLOGIA

*     Realizar la vigilancia de la salud de la población y desarrollar
medidas preventivas en caso de ser necesario.
*     Coordinar y supervisar las actividades de vigilancia y control
sanitario en fronteras marítimas, aéreas y terrestres de acuerdo a las
normativas nacionales y el reglamento sanitario internacional.
*     Coordinar el Centro Nacional de Enlace que establece el Reglamento
Sanitario Internacional.
*     Convocar y coordinar el Comité Operativo de Emergencia frente a
situaciones de emergencias de salud pública.
*     Gestionar el Laboratorio de referencia nacional para la vigilancia
de la salud.
*     Obtener los datos y analizar la información que permita elaborar las
políticas en materia de promoción y prevención.
*     Actualizar las normas de vigilancia en salud adecuándolo a la
situación epidemiológica y dar seguimiento a los compromisos
internacionales en la materia.
*     Colaborar con la División Normas e Investigación en la formulación,
mejora y actualización del cuerpo normativo.
*     Recolectar datos de vigilancia de los hospitales para estimar la
magnitud de las infecciones en los pacientes hospitalizados.
*     Analizar los datos para analizar tendencia de las tasas de
Infecciones hospitalarias, patógenos hospitalarios y su resistencia a los
antimicrobianos.
*     Brindar capacitación al personal de los hospitales para el
desarrollo de la vigilancia y el análisis de los datos.
*     Asesorar técnicamente sobre la política de inmunizaciones del país.
*     Gestionar el proceso desde la adquisición de vacunas y otros
biológicos hasta su aplicación final en la población objetivo.
*     Realizar la vigilancia de los efectos adversos de fármacos, efectos
secundarios y adversos vinculados a la vacunación.
*     Realizar la vigilancia y el control de las enfermedades
transmisibles, incluidas las enfermedades transmitidas por alimentos, las
zoonosis y las enfermedades transmitidas por vectores.
*     Realizar la vigilancia de las enfermedades crónicas no transmisibles
y proponer acciones de promoción y prevención de las mismas.
*     Identificar e intervenir en situaciones de brotes o epidemias.
*     Desarrollar y mantener la red nacional de vigilancia en salud.
*     Implementar las acciones de vigilancia y control sanitario en
puertos aeropuertos y pasos de frontera terrestres.
*     Participar en el desarrollo de normativas nacionales y regionales
sobre la vigilancia en fronteras.
*     Coordinar acciones con el sistema nacional de vigilancia en salud.
*     Recolectar datos de vigilancia de los hospitales para estimar la
magnitud de las infecciones en los pacientes hospitalizados.
*     Analizar los datos para analizar tendencia de las tasas de
Infecciones hospitalarias, patógenos hospitalarios y su resistencia a los
antimicrobianos.

DIVISION SALUD AMBIENTAL Y OCUPACIONAL

*     Identificar y analizar situaciones de riesgo ambiental que afecten
la salud.
*     Evaluar, valorar y relacionar los aspectos ambientales, incluyendo
el ambiente laboral, que actúan como determinantes de la salud humana y
que potencialmente puedan perjudicar la salud de generaciones actuales y
futuras.
*      Cooperar con organismos e instituciones vinculadas al medio
ambiente, a nivel ministerial (MVOTMA, MTSS, MIEM, MEF, MIDES, RREE, MEC),
organismos y agencias internacionales (OPS, PNUD, PNUMA, UNICEF),
organismos del Estado (URSEC, URSEA, OSE, UTE, ANCAP), Organizaciones de
la Sociedad Civil, Instituciones y Administraciones del Estado
(Intendencias, Juntas Departamentales, Parlamento).
*     Asistir en las políticas, normativas e intervenciones en materia de
salud ambiental y promover la reglamentación de condiciones ambientales.
*     Contribuir a la armonización de la legislación ambiental,
legislación de la salud y ordenamientos jurídicos conexos.
*     Intervenir en la gestión de residuos sólidos y fundamentalmente
diseño combinado de los residuos sanitarios hospitalarios.
*     Incidir sobre los factores determinantes más relevantes de la
vinculación entre la salud pública y el entorno, tales como las
condiciones de vida y laborales, el ambiente físico, las prácticas,
hábitos y estilos de vida, las capacidades de adecuación, los servicios de
salud y las características biológicas y genéticas.
*     Implementar un sistema de vigilancia en salud y ambiente que brinde
información confiable y oportuna para la definición de políticas en salud.
*     Detectar condiciones ambientales adversas y proponer medidas de
protección.
*      Favorecer la interacción entre medidas de mitigación del ambiente
con políticas de ordenamiento territorial y desarrollo de un sistema
integrado nacional de salud.
*     Coordinar la capacitación del personal técnico en salud con
herramientas de conocimiento ambiental.
*     Participar en la gestión de residuos sólidos y fundamentalmente en
el diseño combinado de los residuos sanitarios hospitalarios.
*     Adaptabilidad del actual sistema de monitoreo y vigilancia frente a
los inusitados desafíos ante la instalación de grandes emprendimientos
agroindustriales con fuerte componente de Evaluación de Impacto Ambiental
en Salud EIAs (pasteras, puertos, polos tecnológicos).
*     Participar en la regulación de la Biotecnología. (Organismos
genéticamente modificados).
*     Declarar insalubres a aquellas actividades que por su naturaleza o
condiciones en que se presta deben gozar de un régimen de trabajo que
implique una menor exposición temporal del trabajador a esos riesgos.
*     Participar en conjunto con el MTSS y el BPS en la definición de las
actividades que por la especial exposición de los trabajadores a sus
riesgos durante la vida laboral, han de bonificarse en forma especial a
los efectos de la seguridad social.
*     Asesorar sobre las características del carné de salud laboral.
*     Elaborar pautas para el control de la salud de los trabajadores.
*     Contribuir al desarrollo de la normativa para el mejoramiento de las
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
U.E. 070 DIRECCION GENERAL DE LA SALUD

                ANEXO II ESTRUCTURA DE PUESTOS DE TRABAJO

 "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

     (*): Profesional en salud
     incluye las siguientes profesiones:     Médico (todas las
especialidades), Químico Farmacéutico, Licenciado en Enfermería, Ing.
Alimentario, Ing. Químico, Odontólogo, Enfermero Universitario,
Veterinario, Asistente Social, Psicólogo, Nutricionista, o denominaciones
similares según los cambios en los respectivos planes de estudio
universitarios.

     (#): Profesional de apoyo en Salud
     incluye las siguientes profesiones:     Contador, Economista,
Arquitecto, Abogado, Escribano y otras profesiones de apoyo.


		
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