MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Régimen de transferencia para buques de 10 TRB o menos. El régimen de transferencias de Permisos de Pesca regulado por el artículo 16 del decreto 711/971, de 24 de octubre de 1971, solo se entenderá aplicable a los buques de 10 TRB o menos.Ayuda