Plazos.- Fíjanse los siguientes plazos para los ejercicios fiscales
cerrados al 30 de setiembre de cada año:
a) Hasta el 31 de marzo del año siguiente para la presentación de la
declaración jurada de sociedades personales, condominios y sociedades
por acciones nominativas.
b) Hasta el 30 de abril del año siguiente para la presentación de la
declaración jurada y pago del impuesto a las personas físicas,
núcleos familiares y sociedades por acciones al portador.
Disposiciones para el Ejercicio 1973-974