Fecha de Publicación: 18/08/1978
Página: 463-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 06/09/1978.

Artículo 8

  El transporte de carne será libre para el consumidor final. 
  El transporte comercial de carne deberá cumplir con las disposiciones 
que imponga la respectiva reglamentación.
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