CONSEJO DE MINISTROS
Atribúyese a la Junta Nacional de Prevención y Represión del Tráfico Ilícito y Uso Abusivo de Drogas las competencias asignadas a la Comisión Honoraria de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas en los literales a), b), c) y d) del artículo 27 del decreto ley 14.294 de 31 de octubre de 1974.Ayuda