Fecha de Publicación: 03/08/1976
Página: 254-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 4

Cométese a los Organismos mencionados en el numeral 1º la supervisión de
la versión completa del Himno Nacional con fines documentales, la que
deberá realizarse en un plazo no mayor de tres meses a partir de la fecha,
efectuándose de la misma, una edición grabada de 500 (quinientos)
ejemplares impresos.
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