Fecha de Publicación: 05/12/2006
Página: 587-A
Carilla: 25

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 08/12/2006.

Artículo 8

 El Ministerio de Salud Pública llevará a cabo una encuesta anual sobre prevalencia de la Violencia Doméstica y sus diferentes formas en la población asistida.
El Programa Nacional de Salud de la Mujer y Género de la precitada Secretaría de Estado, determinará la oportunidad y condiciones de la encuesta, la que será previamente comunicada a las Instituciones o Servicios referidos en el Artículo 1º de este Decreto. La información se registrará al Programa Nacional de Salud de la Mujer y Género del Ministerio de Salud Pública.
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