Desígnase una Comisión Liquidadora la que se integrará con dos
representantes del Ministerio de Salud Pública y un representante del
Ministerio de Educación y Cultura, los que serán designados mediante
resolución del Poder Ejecutivo, a quien se comete sin perjuicio de sus
funciones implícitas, el análisis de destino de las sedes secundarias de
U.DE.M (Unión de Mutualistas) en un plazo de treinta días.