Fecha de Publicación: 07/01/2002
Página: 150-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 22

 La aplicación de las presentes normas no significan en ningún caso, 
disminución en la remuneración actual de los funcionarios del Instituto 
Nacional de Colonización.
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