Fecha de Publicación: 07/01/2002
Página: 150-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 24

 Se ha previsto una partida de $ 50.000 dentro del renglón 791 "Impuestos 
Nacionales" con carácter de "no limitativa", para hacer frente a las 
erogaciones emergentes de los posibles montos que puedan resultar de la 
aplicación del artículo Nº 637 de la Ley Nº 16.170.
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