Son sin costo para el alumno o para la Armada Nacional:
a) los Cursos de capacitación que la Escuela Naval determine son imprescindibles o necesarios para que los alumnos de los Cursos de Formación se puedan desempeñar como Oficiales de Guardia a su egreso.
b) los Cursos de capacitación que la Escuela de Especialidades de la Armada determine son imprescindibles o necesarios para que los alumnos de los Cursos de Formación se puedan desempeñar en las guardias de navegación a su egreso.
c) los Cursos solicitados formalmente por los Directores, Jefes o Comandantes de Unidades de la Armada Nacional que requiera su personal por razones de servicio.