MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Transitorio). La exoneración que se dispone por el artículo 15 del presente Decreto, se hará extensiva a las autorizaciones de importación de vehículos concedidas por el Ministerio de Economía y Finanzas a partir del 1º de mayo del año en curso, debiéndose proceder, en los casos que corresponda, a la devolución del importe que se hubiese abonado.Ayuda