Fecha de Publicación: 20/11/2008
Página: 743-A
Carilla: 7

MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 537/008

Regúlase la actividad de las empresas que tengan por objeto la
fabricación, importación, venta e instalación de elementos de seguridad
energizados -módulos autoprotegidos, cercas energizadas y similares- a
aplicarse en sistemas de seguridad.
(2.548*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR

                                      Montevideo, 10 de Noviembre de 2008

VISTO: la reciente incorporación al mercado de la Seguridad Privada de
tecnología que implica el uso de elementos energizados para su 
utilización en sistemas de seguridad.

RESULTANDO: I) Que si bien dicha tecnología ha sido homologada por el
Ministerio del Interior, acreditándose mediante los informes técnicos
correspondientes el cumplimiento de las normas internacionales de
seguridad, se carece de un mareo jurídico que regule las condiciones para
su fabricación importación, venta e instalación, a efectos de garantizar
un uso responsable de dichos elementos.

II) Que la legislación comparada, reguladora de esta materia, impone una
serie de requisitos a las empresas dedicadas a la fabricación,
importación, venta e instalación de elementos de seguridad energizados,
con el propósito de brindar garantías a usuarios y público en general que
puedan entrar en contacto con los mismos.

III) Que el vacío legal existente en esta materia determina la creación 
de un marco jurídico adecuado que regule esta nueva tecnología.

CONSIDERANDO: Que conforme el artículo 11 del Decreto Nº 275/999 de fecha
14 de setiembre de 1999, la presente materia está dentro de los cometidos
del RE.NA.EM.SE.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Las empresas que tengan por objeto la fabricación, importación, venta e
instalación de elementos de seguridad energizados -módulos
autoprotegidos, cercas energizadas y similares-, a aplicarse en sistemas 
de seguridad que requieran habilitación por el Ministerio del Interior, 
deberán tramitar y obtener la autorización correspondiente ante el 
Registro Nacional de Empresas de Seguridad y Afines (RE.NA.EM.SE.).

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; DAISY TOURNE.
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