Fecha de Publicación: 13/01/2004
Página: 423-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

 El rescate de los Bonos se realizará el 30 de octubre de 2011 y serán 
pagaderos mediante acreditación en cuenta en dólares de los Estados 
Unidos de América.-
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