Fecha de Publicación: 20/11/1985
Página: 239-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Decreto 579/985

Se aprueban los nuevos precios de venta para los combustibles y asfaltos fijados por el Directorio de la Administración
Nacional de Combustibles, Alcohol y Porland.

  Ministerio de Industria y Energía.
   Ministerio de Economía y Finanzas.

                                     Montevideo, 28 de octubre de 1985.

  Visto: la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por Oficio de fecha 28 de octubre de 1985, solicita aprobación de nuevos precios de venta para los combustibles y asfaltos que se mencionan.

  Considerando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar los nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio y no merecen objeciones del Poder Ejecutivo.

  Atento: además, a lo dispusto por el inciso f), del artículo 3° de la ley 8.764, de octubre dea 1931,

  El Presidente de la República

                          DECRETA:

Artículo 1

  Se aprueban los siguientes precios de venta para los combustibles y asfaltos, de venta para los combustibles y asfaltos, fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del día 30
de octubre de 1985,

a) Combustibles                                      Precio por Litro
                                                                 N$

Nafta aviación 80                                    115,60
Nafta aviación 100/130                               136,30
Nafta aviación 115/145                               141,20
Jet A 1                                               52,20
J.P.4                                                 72,70
Nafta común                                           87,70
Nafta sin plomo                                       94,90
Supercarburante                                       96,40
Solvente 1.197                                       111,00
Solvente 6.080                                        64,80
Solvente Disan                                       108,20
Disán Aromatico                                      147,00
Aguarrás                                              84,60
Aguarrás Aromatico                                   129,00
Kerosene                                              52,50
Base para insecticida                                123,80
Querosol                                             123,80
Gas Oil                                               55,00
Nafta liviana (Cía del Gas)                           30.00

                                                      Por Kilo
                                                                 N$
Supergas                                               87,50                       
Butano Desodorizado                                    96,30

                                                        Por mil Litros
                                                             N$

Diesel Oil                                             43.350.00
Fuel Oil Pesado                                        24.390.00
Fuel Oil Especial                                      33.840.00
Fuel Oil Calefación                                    30.840.00
Fuel Oil Pesado (UTE)                                  24.390.00
Fuel Oil Especial (UTE)                                33.340.00

  Los precios de las naftas, kerosene y gas oil son granel en la plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la República y comprenden los impuestos que cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.  
  Los precios del diesel oil, fuel oil, y productos especiales son a granel en las plantas de almacenamiento de Montevideo y comprenden los Impuestos que cada caso corresponda, pudiéndose adicionar los gastos
que originen para otras formas de entrega, así como los fletes y demás gastos para el interior de la República.
  Los precios de los combustibles destinados a la aviación son a granel en las plantas de almacenaje de ANCAP de todo el país y puestos de la Dirección General de Infraestuctura Aeronáutica, e incluyen los impustos a
los combustibles creados por la ley 12.950 y modificativas. No incluyen el impuesto a los combustibles utilizados por la aviación nacional y de tránsito creados por la ley 14.189 que adicionara cuando corresponda.
b) Los precios de los productos con destino al uso de buques de bandera nacional, cuando realicen viajes a puertos ubicados fuera del país se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado internacional.

 c) Cementos Asfálticos                          Por Mil Kilos
                                                           N$

 Penetración 150/200                             24.660.00
 Penetración 60/80                               24.660.00
 Penetración 40/50                               24.660.00

 Cementos Asfálticos Diluidos                    Por Mil Litros
                                                      N$

 Tipo M.C.                                       26.010.00
 Tipo R.C.                                       26.010.00
 Emulciones Asfálticas                           20.290.00

  Los precios son para asfaltos y emulsiones asfálticas a granel en las plantas de almacenamiento de Montevideo y comprenden los Impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que originen por
otras formas de entrega.

d) Asflatos Oxidados                             Por Mil Kilos
                                                 N$
En tambores de 200 litros                        26.010.00

  Los envase de facturarán por separado. Los precios son para las mercaderías puestas sobre camión, vagón o buque en la Planta de Combustibles de la Teja y comprenden los Impuestos correspodientes.

SANGUINETTI.- CARLOS JOSE PIRAN.- RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
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