MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Cuando una sociedad con personería jurídica sufra una modificación en su tipo legal sin perder dicha personería, los responsables deberán dar cuenta al Registro Unico de Contribuyentes dentro de los treinta días de operada la modificación, aportando los datos y recaudos que el Registro estime pertinentes. Declaraciones Juradas, Retenciones y PagosAyuda