Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI.- LUIS MOSCA.
(x) Reitérase la publicación del presente Decreto,efectuada con fecha 13 de marzo de 1997, por haberse omitido por parte del original, el proyecto correspondiente.
REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Inciso 02 - Presidencia de la República
Unidad Ejecutora 007 - Instituto Nacional de Estadística
CAPITULO I: Objetivos estratégicos
El Instituto Nacional de Estadística es el órgano rector del Sistema Estadístico Nacional, responsable de reflejar cuantitativamente la realidad económica y social del país, que proporciona información a distintos actores y sirve de base para análisis, definición, implementación, focalización, seguimiento y control de las políticas públicas.
CAPITULO II: Cometidos
1. Cometidos sustantivos
* Regular, coordinar, asesorar y supervisar el Sistema Estadístico Nacional
* Elaborar, publicar y difundir las estadísticas nacionales.
2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la Administración Central:
2.1 Cometidos sustantivos
* Relevar precios de bienes y servicios y salarios
* Relevar datos para la encuesta de hogares
* Operar sistemas de computación que permiten la producción y mantenimiento de planos.
2.2 Cometidos de apoyo a los sustantivos
* Imprimir publicaciones
* Realizar la operación de teléfonos
* Cumplir tareas de vigilancia
* Efectuar el pago de sueldos
* Efectuar el mantenimiento del local y de los equipos
3. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la Unidad Ejecutora:
* Desarrollar y operar sistemas computacionales de procesamiento de información estadística
* Gerenciar los recursos materiales y humanos.
Se mantiene el desempeño de actividades de apoyo directamente vinculadas
a los cometidos sustantivos porque la especificidad de las actividades que se desarrollan haría ineficiente su traslado, en esta primera etapa, a la respectiva unidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial tendiente a corregir las inequidades de remuneraciones existentes; a fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno. Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5% al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.
2. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo
Primera etapa: hasta el 30 de junio de 1997 - Análisis de funcionamiento de la nueva organización y de ajustes que requiera.
Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo funcional, escalafón, grado, denominación, serie y retribución.
A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo para cumplir con los cometidos del Instituto Nacional de Estadística declarando excedentarios los restantes.
3. Designación de los titulares de los puestos de trabajo (Alta Especialización, cargos presupuestados o contratos de función pública)
Primera etapa: hasta el 30 de setiembre de 1997 - Definición de perfiles requeridos por las funciones de alta Especialización , aprobación de la convocatoria y de las bases del concurso para su provisión, publicaciones y designación del Tribunal de Evaluación.
Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Concurso y selección de titulares de funciones de Alta Especialización.
Tercera etapa: hasta 90 (noventa) días a partir de la aprobación de la nueva estructura de puestos de trabajo. Desarrollo de procesos requeridos para la propuesta de designación de sus titulares.
Organización para el Cumplimiento de Cometidos
" Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".
INCISO 02: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
UNIDAD EJECUTORA 007: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS
NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley 16.736)
CARGOS PRESUPUESTADOS
Art. 724
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
1 A 15 ASESOR II PROFESIONAL
1 C 06 ADMINISTRATIVO II ADMINISTRATIVO
1 D 12 JEFE DEPARTAMENTO I ESTADISTICA
1 D 11 JEFE DEPARTAMENTO II ESTADISTICA
1 D 09 ESPECIALISTA II ESTADISTICA
1 D 08 ESPECIALISTA III ESTADISTICA
1 D 07 ESPECIALISTA IV ESTADISTICA
3 F 05 AUXILIAR I SERVICIOS
Art. 723
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
3 C 10 JEFE DE SECCION ADMINISTRATIVO
1 C 07 ADMINISTRATIVO I ADMINISTRATIVO
1 D 10 ESPECIALISTA I ESTADISTICA
3 D 09 ESPECIALISTA II ESTADISTICA
3 D 08 ESPECIALISTA III ESTADISTICA
6 D 07 ESPECIALISTA IV ESTADISTICA
1 E 06 OFICIAL V OFICIOS
1 E 04 OFICIAL VII OFICIOS
Art. 32
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
1 D 10 ESPECIALISTA I ESTADISTICA
1 D 09 ESPECIALISTA II ESTADISTICA
Art. 727
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
2 C 06 ADMINISTRATIVO II ADMINISTRATIVO
1 F 06 CONSERJE I SERVICIOS
FUNCIONES CONTRATADAS
Art. 724
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
2 D 09 ESPECIALISTA II ESTADISTICA
Art. 723
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
1 C 07 ADMINISTRATIVO I ADMINISTRATIVO
2 C 06 ADMINISTRATIVO II ADMINISTRATIVO
1 D 12 JEFE DE DEPARTAMENTO ESPECIALIZACION
1 D 07 ESPECIALISTA IV ESTADISTICA
2 D 06 ESPECIALISTA V ESTADISTICA
5 D 05 ESPECIALISTA VI ESTADISTICA
1 D 04 ESPECIALISTA VII ESTADISTICA
1 F 05 AUXILIAR I SERVICIOS
1 F 03 AUXILIAR III SERVICIOS
Art. 32
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
1 F 05 AUXILIAR I SERVICIOS
Art. 727
CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION SERIE
2 A 13 ASESOR IV PROFESIONAL
1 B 12 TECNICO II COMPUTACION
1 B 10 TECNICO IV ESTADISTICA
1 D 08 ESPECIALISTA III ESTADISTICA
1 D 07 ESPECIALISTA IV ESTADISTICA
1 D 05 ESPECIALISTA VI ESTADISTICA