MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Las manipulaciones y prácticas que tengan por objeto disimular la naturaleza de los vinos de sobreprensa, así como el corte de estos con otros vinos, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por el artículo 6º, literal "A" del decreto 809/976, de 15 de diciembre de 1976.Ayuda